DECRETO 264 2023
Síntesis:
APRUEBA - PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA N° 401-1498-LPU23 - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ENTREGA Y DISTRIBUCIÓN DE RACIONES DE ALIMENTOS PARA CENTROS DE DÍA - REFUGIOS - CENTROS DE JUBILADOS Y ACTIVIDADES - SECRETARÍA DE BIENESTAR INTEGRAL - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
27/09/2023
Sanción:
26/09/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 1.218, 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.588) y su
modificatoria N° 6.647 y 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588), el Decreto N°
129/23, la Disposición N° 333/DGCYC/23, el Expediente Electrónico N° EX-2023-
34000809-GCABA-DGABS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la Licitación Pública de
Etapa Única N° 401-1498-LPU23, para la contratación del servicio de entrega y
distribución de raciones de alimentos para Centros de Día, Refugios, Centros de
Jubilados y Actividades dependientes de la Secretaría de Bienestar Integral del
Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo
a lo establecido en la primera parte de los artículos 32 y 33 y el artículo 44 de la Ley
N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588), su modificatoria Ley N° 6.647 y el
Decreto Reglamentario N° 129/23, por un plazo de cuarenta y ocho (48) meses
ininterrumpidos, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos siete mil
cuatrocientos sesenta y siete millones doscientos veintinueve mil seiscientos cuarenta
y tres con 20/100 ($ 7.467.229.643,20);
Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y
contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 129/23 se aprobó la reglamentación de la citada Ley
Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2.095 y se fijaron los
niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II,
III, IV, V y VI;
Que por Disposición N° 333/DGCYC/23 la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Compras y
Contrataciones, y de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 19, inciso j)
de la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que conforme el artículo 19 de la Ley N° 6.292 de Ministerios, corresponde al
Ministerio de Salud asistir al Jefe de Gobierno en lo inherente a sus competencias,
entre las que se encuentran diseñar, planificar, ejecutar y controlar las políticas, planes
y programas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la
población, en el marco del Sistema Único e Integrado de Salud;
Que el proceso licitatorio que se propicia se fundamenta en la necesidad de garantizar
el servicio de entrega y distribución de raciones de alimentos para Centros de Día,
Refugios, Centros de Jubilados y Actividades dependientes de la Secretaría de
Bienestar Integral del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Dirección General Abastecimiento en Salud dependiente de la Subsecretaría
de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, elaboró el Pliego de
Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos, y la Secretaría de Bienestar Integral
elaboró el correspondiente Pliego de Especificaciones Técnicas, para el llamado a
Licitación Pública;
Que los interesados en participar del acto licitatorio que se tramita deberán adquirir el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas y
sus respectivos Anexos, cuyo valor se ha establecido en la suma de pesos
ochocientos cincuenta mil ($ 850.000,00.-), ello fundado en la trascendencia,
importancia y el interés público comprometido del servicio que nos ocupa;
Que atento el carácter especializado de la contratación y a fin de lograr una mayor
celeridad y eficiencia, resulta conveniente autorizar al titular del Ministerio de Salud a
realizar el pertinente llamado a Licitación Pública y a emitir el acto administrativo por el
cual se adjudique el servicio que se propicia;
Que asimismo, resulta pertinente delegar en la Subsecretaría de Administración del
Sistema de Salud dependiente del Ministerio de Salud, la facultad de designar a los
miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, emitir circulares, con y sin
consulta, sobre la documentación licitatoria, dictar todos los actos administrativos
necesarios para materializar la contratación y como así también, la facultad de
suscripción del pertinente contrato, ejecución del servicio hasta su finalización,
ampliación y/o disminución del total adjudicado, las posibles prórrogas y continuidades
del servicio y las modificaciones contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la
ejecución contractual, incluyendo la rescisión y la aplicación de penalidades del/los
contrato/s, en caso de corresponder;
Que han tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Asuntos
Legales de Seguros y la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de
Compras y Contrataciones y la Dirección General Redeterminación de Precios, todas
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que se dará intervención la Dirección General Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas en virtud del carácter plurianual del
presente gasto;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado intervención en el marco de lo
dispuesto por la Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 6.588).
Por ello, en virtud de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos
102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2023-
35682144-GCABA-SSASS) y sus Anexos A (IF-2023-33876550-GCABA-SECBI), B
(IF-2023-34451167-GCABA-SSASS), C (IF-2023-33869622- GCABA-SECBI) y D ( IF-
2023-34453390-GCABA-SSASS) y el Pliego de Especificaciones Técnicas (PLIEG-
2023-33869676-GCABA-SECBI) y sus Anexos I (IF-2023-33869741-GCABA-SECBI),
II (IF-2023-33869565- GCABA-SECBI) y III (IF-2023-33869382-GCABA-SECBI), los
que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto y regirán la
Licitación Pública de Etapa Única N° 401-1498-LPU23, para la contratación del
servicio de entrega y distribución de raciones de alimentos para Centros de Día,
Refugios, Centros de Jubilados y Actividades dependientes de la Secretaría de
Bienestar Integral del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por
un plazo de cuarenta y ocho (48) meses, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma
de pesos siete mil cuatrocientos sesenta y siete millones doscientos veintinueve mil
seiscientos cuarenta y tres con 20/100 ($ 7.467.229.643,20), de acuerdo a lo
establecido en la primera parte de los artículos 32 y 33 y el artículo 44 de la Ley 2.095
(Texto consolidado Ley N° 6.588), su modificatoria Ley N° 6.647 y el Decreto
Reglamentario N° 129/23.
Artículo 2°.- Autorizar al señor Ministro de Salud a realizar el pertinente llamado a
Licitación Pública, conforme los Pliegos y Anexos aprobados en el Artículo 1° del
presente Decreto y a emitir el acto administrativo para adjudicar el servicio que se
propicia.
Artículo 3°.- Delegar en la señora Subsecretaria de Administración del Sistema de
Salud, dependiente del Ministerio de Salud, la facultad de emitir circulares, con y sin
consulta, sobre la documentación licitatoria y de dictar todos los actos administrativos
necesarios para materializar la contratación, como así también, la designación de los
miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, la suscripción del pertinente
contrato, la ejecución del servicio hasta su finalización, la ampliación y/o disminución
del total adjudicado, las posibles prórrogas y continuidades, las modificaciones
contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la ejecución contractual, incluyendo
la rescisión y la aplicación de penalidades del/los contrato/s en caso de corresponder.
Artículo 4°.- Fijar el valor del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Anexos,
y del Pliego de Especificaciones Técnicas, en el marco de la presente Licitación
Pública en la suma de pesos ochocientos cincuenta mil ($ 850.000,00.-).
Artículo 5°.- Dejar establecido que el presente gasto se imputará a la partida
presupuestaria de los ejercicios correspondientes, subordinado al crédito que para
cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos.
Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Salud y por el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el Portal
Buenos Aires Compras (www.buenosairescompras.gob.ar). Comuníquese a la
Dirección General de Abastecimiento en Salud dependiente de la Subsecretaría de
Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, y remitir a la
Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud para la
prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González
Bernaldo de Quirós - Miguel