DISPOSICIÓN 77 2023 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO

Síntesis:

APRUEBA - EN EL MARCO DE - MICROCENTRO RED CULTURA - REALIZACIÓN - EPISODIO - FESTIVAL PRIMAVERA EN MICROCENTRO - 4 DE SEPTIEMBRE DE 12:00 A 19:00 HS - AVENIDA DIAGONAL NORTE ENTRE CARLOS PELLEGRINI Y SUIPACHA - OBJETIVO - DAR APOYO Y VISIBILIDAD  - PROGRAMA CALLES CULTURALES - PROMOCIÓN CULTURAL

Publicación:

28/09/2023

Sanción:

22/09/2023

Organismo:

DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588); el Decreto N° 463/19 y

modificatorios; la Resolución N° 998-MCGC/23; la Disposición N° 9-DGPSE/23; el

Expediente Electrónico N° 07614669- GCABA-DGPSE/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), en su artículo

22° establece que corresponde al Ministro de Cultura, "diseñar e implementar las

políticas, planes y programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural." y

"Promover las actividades culturales de interés comunitario.", entre otras;

Que por el Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a la Dirección General de Planificación y Seguimiento, estableciendo

dentro de sus responsabilidades primarias la de planificar las políticas prioritarias de

corto plazo y los lineamientos estratégicos orientados a abordar los desafíos culturales

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante la Resolución N° 998-MCGC/23, se aprobó la edición 2023 del

programa "Calles Culturales", con el objetivo de fomentar la actividad cultural e

identidad barrial a través del apoyo a la realización de actividades en el espacio

público propuestas por espacios culturales independientes y otros actores culturales

afines de los distintos barrios de la Ciudad de Buenos Aires, en todas sus disciplinas

artísticas y/o culturales, para el fortalecimiento del trabajo de artistas, creadores y

gestores culturales independientes y de la identidad barrial, comunal y ciudadana;

Que, asimismo, mediante la mencionada norma se determina que la Dirección General

de Planificación y Seguimiento, será la Autoridad de Aplicación de dicho Programa,

estando facultada para instrumentar las convocatorias, eventos, actividades y demás

acciones enmarcadas en "Calles Culturales" que tiendan a la consecución de los

propósitos y objetivos del mismo, dentro de sus alcances programáticos, adoptar las

medidas reglamentarias y operativas necesarias para su implementación, como así

también complementar y apoyar al programa a través de la realización de actividades

culturales durante el año 2023;

Que mediante Disposición N° 9-DGPSE/23 se aprobó la realización de la actividad

Microcentro Red Cultural, con el objetivo de dar apoyo y visibilidad al Programa "Calles

Culturales" a través de intercambios culturales y artísticos mediante la conformación

de distintas expresiones artísticas y creativas representativas de las distintas

identidades culturales del país, de la ciudad y de sus barrios, a fin de promover la

Cultura, estimular localmente el consumo artístico, fortalecer la identidad barrial y

ciudadana acercando a los vecinos, vecinas y visitantes opciones de disfrute, e

incentivar y fortalecer a los distintos actores que con su actividad contribuyen a la

constitución de la escena artística y cultural de la Ciudad y sus distintas identidades

barrial, comunal y ciudadana;

Que, resulta oportuno divulgar localmente distintas expresiones culturales y promover

intercambios creativos en diversos formatos, al tiempo que se incentiva y fortalece a

los distintos actores que promueven la producción, conservación, consumo y difusión

de la actividad cultural y su constante desarrollo;

Que en tal sentido esta Dirección General impulsa, en el marco de la actividad

Microcentro Red Cultural, la aprobación del episodio "Festival Primavera en

Microcentro", con el objetivo de dar apoyo y visibilidad al Programa "Calles Culturales"

a realizarse el día 24 de septiembre en Avenida Diagonal Norte entre Carlos Pellegrini

y Suipacha, con el objetivo de dar apoyo y visibilidad al Programa "Calles Culturales",

promover la Cultura, estimular localmente el consumo artístico, fortalecer la identidad

barrial y ciudadana acercando a los vecinos, vecinas y visitantes opciones de disfrute,

e incentivar y fortalecer a los distintos actores que con su actividad contribuyen a la

constitución de la escena artística y cultural de la Ciudad y sus distintas identidades

barrial, comunal y ciudadana;

Que, por lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO

DISPONE

Artículo 1°.- Aprobar, en el marco de la actividad Microcentro Red Cultural, la

realización del episodio "Festival Primavera en Microcentro", a realizarse el día 24 de

septiembre de 12:00 a 19:00 hs., en Avenida Diagonal Norte entre Carlos Pellegrini y

Suipacha, con el objetivo de dar apoyo y visibilidad al Programa "Calles Culturales",

promover la Cultura, estimular localmente el consumo artístico, fortalecer la identidad

barrial y ciudadana acercando a los vecinos, vecinas y visitantes opciones de disfrute,

e incentivar y fortalecer a los distintos actores que con su actividad contribuyen a la

constitución de la escena artística y cultural de la Ciudad y sus distintas identidades

barrial, comunal y ciudadana.

Artículo 2°.- El gasto que demande la presente será atendido con cargo en la partida

específica vigente para el presente ejercicio.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido,

archívese. Slauscius

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 77-DGPSE/23 aprueba en el marco de la actividad Microcentro Red Cultural, la realización del episodio “Festival Primavera en Microcentro” aprobado por Disposición N° 9-DGPSE/23.</p>