DISPOSICIÓN 1302 2023 DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO

Síntesis:

AUTORIZA EL EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL DE TIPO ORGÁNICO O ESPECIAL N°34 - BA MARKET - FERIAS DE LA CIUDAD - FIAB N°34 - PARQUE CHACABUCO UBICADO EN LA AV. ASAMBLEA Y LA CALLE EMILIO MITRE - BARRIO CHACABUCO - COMUNA 7 - DIRECCIÓN GENERAL DE CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO

Publicación:

06/10/2023

Sanción:

03/10/2023

Organismo:

DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO


VISTO: las Leyes N° 5.122 y Ley N° 6.292, los Decretos N°491-GCABA/19, N° 463-

GCABA/19 y modificatorios, Decreto N ° 366-GCABA/22, las Disposiciones N° 1007-

DGFYME/16, y N° 376- DGFER/19, y expediente electrónico N°36505547-GCABA-

DGCDPU/23,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios estableciendo para el

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades de

"entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y

diseñando e implementando políticas en relación con el mismo", así como entender en

lo relativo al uso del espacio público;

Que, el Decreto N° 463-GCABA/19 y modificatorios aprobó la estructura orgánica del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Conservación

del Paisaje Urbano;

Que el mentado Decreto incluye dentro de las responsabilidades primarias de dicha

Dirección General la de "diseñar políticas de regulación, registro, fomento y

coordinación de la actividad de ferias y mercados y comercios callejeros";

Que, por la Ley N° 5.122 se autoriza la instalación de las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto reglamentario N° 491-GCABA/16

estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual continuadora institucional, la

Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano, es la autoridad de aplicación

de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas complementarias,

aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;

Que, por Decreto N°366-GCABA/22 se me designó como Directora General a cargo de

la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano;

Que, la Disposición N° 1007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las

Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;

Que, a través de la Disposición N° 376-DGFER/19 se ha autorizado el funcionamiento

de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 34 "BA Market- Ferias de la

Ciudad" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante Comunicación Oficial N° 36411728-DGCDPU/23, se informó a la Junta

Comunal N° 7 del nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial N° 34 " BA Market;

Que, en virtud de lo antes señalado, la Gerencia Operativa Mercados por informe N°

36409374-

DGCDPU/23 solicita y presta conformidad autorizar nuevos

emplazamientos de FIAB N° 34 "BA Market" para los días sábado 7 y domingo 8 de

octubre en Parque Chacabuco;

Que, el horario de funcionamiento de la feria será a partir de las 10 hs hasta las 19 hs

contemplando el armado y desarmado a partir de las 21 hs del día viernes previo a la

feria hasta las 23 hs del día domingo donde concluye la misma;

Que, deviene imperioso autorizar dichos emplazamientos de las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial, a fin de evitar grandes desplazamientos y ofrecer productos de

calidad y variados, en nuevos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO

DISPONE:

Artículo 1°.- Autorízase el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial de tipo orgánico o especial N°34 "BA MARKET-Ferias de la Ciudad", conforme

detalle obrante en el Anexo (IF- 2023-36409802-GCABA-DGCDPU), que forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones

correspondientes. Cumplido, archívese. Palacio


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6723

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 1302/DGCDPU/23 autoriza el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial de tipo orgánico o especial N°34 BA MARKET-Ferias de la Ciudad en Parque Chacabuco ubicado en la Av. Asamblea y la calle Emilio Mitre, creada por la Disposición N° 376/DGFER/19.</p>