DECRETO 23 2005 VICEPRESIDENCIA PRIMERA
Síntesis:
JOSÉ LUIS ACEVEDO - DNI 17.453.673 - SE AUTORIZA ADSCRIPCIÓN A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL - AUTORIZACIÓN - ADSCRIPCIÓN DE AGENTES - COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y TÉCNOLOGÍA - PERSONAL PLANTA PERMANENTE
Publicación:
09/03/2005
Sanción:
11/02/2005
Organismo:
VICEPRESIDENCIA PRIMERA
Visto el Expediente N° 25.243-SA/05, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado expediente tramita la solicitud de adscripción del agente José Luis Acevedo (DNI 17.453.673 - Legajo N° 9.003), quien se desempeña en la Comisión de Educación y Tecnología de este organismo, para prestar servicios en la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el agente Acevedo revista como personal de Planta Permanente de este Cuerpo, categoría 3;
Que el responsable de la dependencia en la cual revista el citado agente prestó la conformidad correspondiente a dicho pedido;
Que dicha solicitud está encuadrada dentro de los términos del Decreto N° 103-VP/02;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 88 del Reglamento Interno de este Cuerpo,
Artículo 1° - Autorízase la adscripción del agente José Luis Acevedo (DNI 17.453.673 - Legajo N° 9.003) a la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de la fecha de notificación del citado y por el término de ciento veinte (120) días, conforme lo establecido en el Decreto N° 103-VP/02.
Artículo 2° - El agente Acevedo deberá presentar ante la Dirección General de Recursos Humanos de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una certificación de servicios mensual a efectos de justificar su asistencia al organismo solicitante para proceder a la percepción de sus haberes.
Artículo 3° - Notifíquese, a través de la Dirección General de Recursos Humanos al agente mencionado en el artículo 1° lo dispuesto en el presente.
Artículo 4° - Líbrese comunicación del presente, a través de la Dirección General de Despacho Administrativo, a la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5° - Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Despacho Administrativo y Recursos Humanos y a la Comisión de Educación y Tecnología. Cumplido, archívese.