RESOLUCIÓN 337 2023 UNIDAD DE COORDINACION GESTION DE POLITICAS PRODUCTIVAS
Síntesis:
INCORPORA - ACTIVO FESTIVAL DEL ORGULLO 2023 - AL PLAN ANUAL DE PATROCINIO 2023 - Y CONVOCA A PRESENTAR NUEVAS Y/O MEJORES PROPUESTAS DE PATROCINIO PARA DESARROLLAR EL ACTIVO -DIRECCIÓN GENERAL CONVIVENCIA EN LA DIVERSIDAD - SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL - VICEJEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
10/10/2023
Sanción:
05/10/2023
Organismo:
UNIDAD DE COORDINACION GESTION DE POLITICAS PRODUCTIVAS
VISTO: La Ley N° 6.163 (Texto consolidado Ley N° 6.588), el decreto N° 99-
GCABA/22 (modificatorio del Dto. 209- GCABA/19), Resoluciones N° 319-GCABA-
MDEPGC/22, 16-GCABA-UCGPP/22 y el Expediente Electrónico N° EX- 2023-
36923866- -GCABA-UCGPP;
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el VISTO, tramita la manifestación de interés de MUSS
S.A, CUIT N° 30-71113914-8 (en adelante, la "Empresa") para ser patrocinador del
Festival del orgullo 2023 (en adelante, el "Activo Patrocinable") correspondiente a la
Dirección General Convivencia en la Diversidad de la Subsecretaría de Derechos
Humanos y Pluralismo Cultural de Vicejefatura de Gobierno la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, de conformidad al artículo 14° de la Ley N° 6.163 (texto consolidado por
ley 6.588);
Que de acuerdo al artículo 15 de la Ley 6.163 (texto consolidado por ley 6.588), se
convoca a personas humanas y/o jurídicas de carácter privado a presentar
manifestaciones de interés en patrocinar el Activo Patrocinable de la Ciudad,
detallando el valor del aporte, las acciones de difusión propuestas y los valores de la
marca a asociar, debiendo cumplimentar los requisitos establecidos por ésta Unidad
de Gestión de Políticas Productivas en Resolución N° 16-GCABA-UCGPP/22;
Que, la propuesta de patrocinio presentada por la Empresa, tiene como finalidad
visualizar la marca CONVERSE en el Activo Patrocinable;
Que, en ésta instancia, corresponde convocar a la presentación de nuevas y/o mejores
propuestas, durante el plazo de cinco (5) días, a efecto de suscribir un convenio de
patrocinio de acuerdo a las propuestas más convenientes, conforme los criterios de
selección del artículo 16° de la Ley N° 6.163 (Texto consolidado Ley N° 6.588);
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 15° de la ley N° 6.163
(Texto consolidado Ley N° 6.588), el Decreto 99-GCABA/22 y Resolución N° 319-
GCABA-MDEPGC/22 y 16-GCABA-UCGPP/22;
Artículo 1°.- Incorpórase el activo "Festival del Orgullo 2023" al Plan Anual de
Patrocinio 2023.-
Artículo 2°.- Convócase por el plazo de cinco (5) días a personas humanas y/o
jurídicas de carácter privado a presentar nuevas y/o mejores propuestas de patrocinio
para desarrollar el Activo "Festival del Orgullo 2023" correspondiente Dirección
General Convivencia en la Diversidad de la Subsecretaría de Derechos Humanos y
Pluralismo Cultural deVicejefatura de Gobierno la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
el cual se describe en Anexo I (IF-2023-37314601-GCABA-UCGPP) detallando las
acciones de difusión propuestas y los valores de la marca a asociar, enviando un mail
a patrocinio@buenosaires.gob.ar
Artículo 3°.- Publíquese por el plazo de tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad
de Buenos Aires y en el sitio web oficial del Régimen de Patrocinio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Seco