DECRETO 287 2023
Síntesis:
ACEPTA - TRANSFERENCIA DE DOMINIO - TÍTULO GRATUITO - INMUEBLES - A FAVOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EFECTUADA POR - INSTITUTO DE VIVIENDA - PROYECTO - RENOVACIÓN URBANA - SECTOR 4 DE LA TRAZA DE LA EXAU3 - CONFORME LEY N° 324 - AV FOREST N° 1045 - CHARLONE N° 1645/49 - CÉSPEDES N° 3616 - CÉSPEDES N° 3612 - GIRIBONE N° 836/838 - HUMBOLDT N° 1235 - DARWIN N° 1251 - AV MEDRANO N° 765 - JERÓNIMO SALGUERO N° 757/59/61 - AV BRASIL N° 3219 - AV RIVADAVIA N° 3262
Publicación:
12/10/2023
Sanción:
10/10/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Ley Nacional N°
17.801 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 324, 1.218, 1.251, 3.396 y 6.292 (textos
consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, el
Expediente Electrónico N° 24618119-GCABA-IVC/23, y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente electrónico citado en el visto, el Instituto de Vivienda de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia transferir a título gratuito al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los inmuebles identificados en el Anexo I del
presente por no ser necesarios para su gestión, a fin de incorporarlos al Proyecto de la
Renovación Urbana del Sector 4 de la Traza de la ExAu3, conforme la Ley N° 324;
Que la Ley N° 324 define por "Traza de la ex AU3" al tramo comprendido entre la Av.
Gral. Paz (AU4) hasta la Av. 27 de Febrero (AV2), de acuerdo al artículo 1° de la
Ordenanza N° 33.439;
Que asimismo, dicha norma creó el Programa de Recuperación de la traza de la ex
AU3 con los objetivos de reconstruir el tejido urbano y social del área en cuestión,
brindar vivienda económica a los beneficiarios, iniciar el proceso de solución
habitacional definitiva, garantizar la estabilidad habitacional de los beneficiarios
durante el proceso que demande el desarrollo del mismo y atender los problemas
sociales de los beneficiarios en forma integrada y coordinada entre los diversos
organismos del gobierno;
Que, el artículo 27 de la Ley N° 3.396 creó la Unidad Ejecutora para la Renovación
Urbana de la Traza de la Ex AU3 actualmente dependiente del Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción, con la función de evaluar alternativas y ejecutar acciones,
proyectos y planes, destinados a cumplir los objetivos de la misma y los de la Ley N°
324;
Que, el artículo 6° inciso c) de la Ley N° 1251 faculta al Instituto de Vivienda de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a transferir a la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, el dominio en forma onerosa o gratuita según corresponda, de aquellos bienes
inmuebles que resulten necesarios para el desarrollo de la función pública;
Que, mediante Nota N° 24548040-GCABA-UEEXAU3-2023, el titular de la Unidad
Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex AU3, manifesta la
necesidad de disponer la transferencia de dominio a título gratuito en favor del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los inmuebles detallados en el
Anexo I del presente, a los fines de otorgarles el destino previsto por la Ley N° 324 en
relación al ofrecimiento de soluciones habitacionales para los beneficiarios, y
afectarlos de esta manera al proyecto de renovación urbana definitivo del Sector 4 de
la traza de la Ex AU3.";
Que la transferencia de dominio de los inmuebles referidos, resulta fundamental para
el abordaje integral del Sector 4 de la Traza Ex Au3, tanto en materia urbanística,
contemplando las particularidades geográficas, demográficas, patrimoniales,
históricas, sociales e incluso culturales que hacen a la Traza, como para el
otorgamiento de soluciones habitacionales a sus ocupantes;
Que, por lo expuesto, resulta necesario aceptar la transferencia de dominio efectuada
por el mencionado Instituto mediante Acta de Directorio N° 7866-IVC-2023 y autorizar
a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y
Técnica, a realizar las acciones necesarias a los fines de instrumentar la transferencia
de dominio a título gratuito de los inmuebles identificados en el Anexo I,
inscribiéndolos a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Registro de la
Propiedad Inmueble de la Capital Federal, de conformidad a lo dispuesto en el artículo
3° inciso a) de la Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención
conforme Ley N° 1.218;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Aceptar la transferencia de dominio a título gratuito a favor del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires efectuada por el Instituto de Vivienda de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los inmuebles identificad os en el Anexo I (IF-
2023-37147385-GCABA -MDHYHGC), que a todos sus efectos forma parte integrante
del presente Decreto, a fin de incorporarlos al Proyecto de la Renovación Urbana del
Sector 4 de la Traza de la ExAu3, conforme la Ley N° 324.
Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General Escribanía General dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica a instrumentar la transferencia de dominio de los inmuebles
mencionados en el artículo 1°, e inscribirla mediante documento administrativo y/o
escritura pública, de conformidad con el artículo 3° inciso a) de la Ley Nacional N°
17.801 en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, a nombre del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Humano y Hábitat, por el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la
Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex-AU3 y, a la
Dirección General Administración de Bienes dependientes de la Subsecretaría
Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General
Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mraida - Giusti - Miguel