DECRETO 287 2023

Síntesis:

ACEPTA - TRANSFERENCIA DE DOMINIO - TÍTULO GRATUITO - INMUEBLES - A FAVOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EFECTUADA POR - INSTITUTO DE VIVIENDA - PROYECTO - RENOVACIÓN URBANA - SECTOR 4 DE LA TRAZA DE LA EXAU3 - CONFORME LEY N° 324 - AV FOREST N° 1045 - CHARLONE N° 1645/49 - CÉSPEDES N° 3616 - CÉSPEDES N° 3612 - GIRIBONE N° 836/838 - HUMBOLDT N° 1235 - DARWIN N° 1251 - AV MEDRANO N° 765 - JERÓNIMO SALGUERO N° 757/59/61 - AV BRASIL N° 3219 - AV RIVADAVIA N° 3262

Publicación:

12/10/2023

Sanción:

10/10/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Ley Nacional N°

17.801 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 324, 1.218, 1.251, 3.396 y 6.292 (textos

consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, el

Expediente Electrónico N° 24618119-GCABA-IVC/23, y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente electrónico citado en el visto, el Instituto de Vivienda de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia transferir a título gratuito al Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los inmuebles identificados en el Anexo I del

presente por no ser necesarios para su gestión, a fin de incorporarlos al Proyecto de la

Renovación Urbana del Sector 4 de la Traza de la ExAu3, conforme la Ley N° 324;

Que la Ley N° 324 define por "Traza de la ex AU3" al tramo comprendido entre la Av.

Gral. Paz (AU4) hasta la Av. 27 de Febrero (AV2), de acuerdo al artículo 1° de la

Ordenanza N° 33.439;

Que asimismo, dicha norma creó el Programa de Recuperación de la traza de la ex

AU3 con los objetivos de reconstruir el tejido urbano y social del área en cuestión,

brindar vivienda económica a los beneficiarios, iniciar el proceso de solución

habitacional definitiva, garantizar la estabilidad habitacional de los beneficiarios

durante el proceso que demande el desarrollo del mismo y atender los problemas

sociales de los beneficiarios en forma integrada y coordinada entre los diversos

organismos del gobierno;

Que, el artículo 27 de la Ley N° 3.396 creó la Unidad Ejecutora para la Renovación

Urbana de la Traza de la Ex AU3 actualmente dependiente del Ministerio de Desarrollo

Económico y Producción, con la función de evaluar alternativas y ejecutar acciones,

proyectos y planes, destinados a cumplir los objetivos de la misma y los de la Ley N°

324;

Que, el artículo 6° inciso c) de la Ley N° 1251 faculta al Instituto de Vivienda de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires a transferir a la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, el dominio en forma onerosa o gratuita según corresponda, de aquellos bienes

inmuebles que resulten necesarios para el desarrollo de la función pública;

Que, mediante Nota N° 24548040-GCABA-UEEXAU3-2023, el titular de la Unidad

Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex AU3, manifesta la

necesidad de disponer la transferencia de dominio a título gratuito en favor del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los inmuebles detallados en el

Anexo I del presente, a los fines de otorgarles el destino previsto por la Ley N° 324 en

relación al ofrecimiento de soluciones habitacionales para los beneficiarios, y

afectarlos de esta manera al proyecto de renovación urbana definitivo del Sector 4 de

la traza de la Ex AU3.";

Que la transferencia de dominio de los inmuebles referidos, resulta fundamental para

el abordaje integral del Sector 4 de la Traza Ex Au3, tanto en materia urbanística,

contemplando las particularidades geográficas, demográficas, patrimoniales,

históricas, sociales e incluso culturales que hacen a la Traza, como para el

otorgamiento de soluciones habitacionales a sus ocupantes;

Que, por lo expuesto, resulta necesario aceptar la transferencia de dominio efectuada

por el mencionado Instituto mediante Acta de Directorio N° 7866-IVC-2023 y autorizar

a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y

Técnica, a realizar las acciones necesarias a los fines de instrumentar la transferencia

de dominio a título gratuito de los inmuebles identificados en el Anexo I,

inscribiéndolos a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Registro de la

Propiedad Inmueble de la Capital Federal, de conformidad a lo dispuesto en el artículo

3° inciso a) de la Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención

conforme Ley N° 1.218;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aceptar la transferencia de dominio a título gratuito a favor del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires efectuada por el Instituto de Vivienda de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los inmuebles identificad os en el Anexo I (IF-

2023-37147385-GCABA -MDHYHGC), que a todos sus efectos forma parte integrante

del presente Decreto, a fin de incorporarlos al Proyecto de la Renovación Urbana del

Sector 4 de la Traza de la ExAu3, conforme la Ley N° 324.

Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General Escribanía General dependiente de la

Secretaría Legal y Técnica a instrumentar la transferencia de dominio de los inmuebles

mencionados en el artículo 1°, e inscribirla mediante documento administrativo y/o

escritura pública, de conformidad con el artículo 3° inciso a) de la Ley Nacional N°

17.801 en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, a nombre del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo

Humano y Hábitat, por el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción y por

el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la

Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex-AU3 y, a la

Dirección General Administración de Bienes dependientes de la Subsecretaría

Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General

Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido,

archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mraida - Giusti - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6727