RESOLUCIÓN 118 2023 SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO

Síntesis:

SE MODIFICAN LOS ANEXO I DE LAS RESOLUCIONES N° 2-SECDU/23, N° 10-SECDU/23, N° 11-SECDU/23, N° 16-SECDU/23, N° 43-SECDU/23, N° 59-SECDU/23, N° 63-SECDU/23, N° 67-SECDU/23 Y N° 73-SECDU/23

Publicación:

27/10/2023

Sanción:

19/10/2023

Organismo:

SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO


Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"1983-2023. 40 Años de Democracia"

...............................................................................................................................................................................................................................................................

VISTO: El Decreto N° 224/13 y modificatorios, las Resoluciones Conjuntas Nros. 11-

SECLYT/13, y sus modificatorias, las Resoluciones Nros 6926GCABA-MHFGC/23,

Las Resoluciones Nros. 2-GCABA-SECDU/23, 10-GCABA-SECDU/23, 11-GCABA-

SECDU/23, 16-GCABA-SECDU/23, 43-GCABA-SECDU/23, 59-GCABA-SECDU/23,

63-GCABA-SECDU/23, 67-GCABA-SECDU/23 y 73-GCABA-SECDU/23, y sus

modificatorias, el Expediente Electrónico N° 37699878-GCABA-SECDU/23 y

asociados, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 224/13 se estableció que la contratación, modificación,

ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de

Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos SADE, facultando al/la titular de la

Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del

Poder Ejecutivo y a los funcionarios con rango o nivel equivalente a contratar hasta un

monto máximo mensual por contrato, dentro de su disponibilidad presupuestaria;

Que por Resolución Conjunta N° 11/SECLYT/13 y sus modificatorias se estableció el

procedimiento administrativo electrónico correspondiente a los contratos celebrados

bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios;

Que por las Resoluciones Nros. 2-GCABA-SECDU/23, 10-GCABA-SECDU/23, 11-

GCABA-SECDU/23, 16-GCABA-SECDU/23, 43-GCABA-SECDU/23, 59-GCABA-

SECDU/23, 63-GCABA-SECDU/23, 67-GCABA-SECDU/23 y 73-GCABA-SECDU/23 y

sus modificatorias, se autorizó la contratación, de diversas personas, bajo la

modalidad de locación de servicio y obra, para desempeñarse en áreas de esta

Secretaría de Desarrollo Urbano, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y se

modificaron los honorarios de las personas mencionadas en el Anexo I de la presente,

por diferentes periodos;

Que esta Secretaría de Desarrollo Urbano, propicia un incremento en los montos

originarios de los honorarios fijados en los contratos de locación de servicio y obra, de

las personas que se indican en el Anexo I, de la presente, en razón al desarrollo de las

tareas asignadas;

Que esta repartición cuenta con el crédito suficiente dentro de su presupuesto para

hacer frente a dicha erogación;

Que a efectos de dar cumplimiento a lo expresado precedentemente, corresponde

modificar parcialmente las mencionadas resoluciones, estableciendo los nuevos

montos de honorarios mensuales, mediante la suscripción de Jueves 19 de Octubre de

2023 RESOL-2023-118-GCABA-SECDU una Cláusula Adicional al respectivo contrato.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO

RESUELVE:

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"1983-2023. 40 Años de Democracia"

...............................................................................................................................................................................................................................................................

Artículo 1°.- Modificar parcialmente el Anexo I de las Resoluciones Nros. 2-GCABA-

SECDU/23, 10-GCABA-SECDU/23, 11-GCABA-SECDU/23, 16-GCABA-SECDU/23,

43-GCABA-SECDU/23, 59-GCABA-SECDU/23, 63-GCABA-SECDU/23, 67-GCABA-

SECDU/23 y 73-GCABA-SECDU/23, y sus modificatorias, respecto de los honorarios

fijados en los contratos de locación de servicio y obra, de diversas personas, por el

importe y período que se indica en el Anexo I (IF-2023-38884040-GCABA-SECDU), de

la presente.

Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la

respectiva partida del presupuesto en vigor.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Legal Técnica y Administrativa, de la

Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. García Resta