RESOLUCIÓN 648 2005 SECRETARIA DE CULTURA
Síntesis:
MODIFICA EL ARTÍCULO 9° DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA BIENAL DE ARTESANÍAS DE BUENOS AIRES NOTA N° 1.559-DGM-04 E INC. - MODIFICACIÓN - PIEZAS - PARTICIPANTES - FORMULARIOS -NOMBRE Y APELLIDO DEL CONCURSANTE - DOMICILIO - NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD - NACIONALIDAD - FECHA DE REALIZACIÓN DE LA OBRA - PROCEDIMIENTO - TÉCNICA - DENOMINACIÓN - DIMENSIONES - VALOR ESTIMADO DE LA PIEZA - FIRMA DEL PRESENTANTE - ACLARACIÓN
Publicación:
21/03/2005
Sanción:
08/03/2005
Organismo:
SECRETARIA DE CULTURA
Visto la Resolución N° 5.068-SC/04, y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha norma se aprobó el Reglamento Interno de la Bienal de Artesanías de Buenos Aires, instituida por Ley N° 1.348;
Que la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural de la Ciudad de Buenos Aires advierte sobre la necesidad de proceder a la anulación de un párrafo del artículo 9° del Anexo I de la citada resolución, relacionado con la exigencia de presentar constancia de inscripción de la obra ante la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual para acceder al Concurso;
Que dicha propuesta tiene fundamento en el alto costo que registra la inscripción, razón por la cual muchos artesanos se encontrarían imposibilitados de hacer frente a esa erogación, restringiéndose la participación de los mismos en el Concurso, objeto de la Reglamentación que nos ocupa;
Que se estima procedente acceder al pedido formulado;
Por ello,
Artículo 1° - Modifícase el artículo 9° del Reglamento Interno de la Bienal de Artesanías de Buenos Aires, aprobado por Resolución N° 5.068-SC/04, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 9° - Al entregar las piezas, los participantes deberán llenar un formulario en el que deberán constar los siguientes datos: a) nombre y apellido del concursante; b) domicilio; c) número de documento de identidad; d) nacionalidad; e) fecha de realización de la obra; f) procedimiento o técnica utilizada en la ejecución de la pieza y breve descripción de la misma; g) denominación; h) dimensiones; i) valor estimado de la pieza; j) firma del presentante y aclaración. Dicho formulario deberá introducirse en un sobre cerrado. Dicho sobre será introducido dentro de otro en el que se indicará el seudónimo del concursante, el cual no podrá coincidir con el seudónimo por el que sea conocido públicamente. Las presentaciones que no cumplan con estos requisitos serán declaradas fuera de concurso.
Artículo 2° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Museos y a la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural de la Ciudad de Buenos Aires. López