DISPOSICIÓN 1404 2023 DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
Síntesis:
AUTORIZA - EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL DE TIPO ORGÁNICO O ESPECIAL N° 34 BA MARKET - FERIAS DE LA CIUDAD
Publicación:
31/10/2023
Sanción:
26/10/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
VISTO: las Leyes N° 5.122 y N° 6.292, los Decretos N° 463-GCABA/19 y
modificatorios, Decretos N° 366- GCABA/22 y N° 491-GCABA/16, las Disposiciones N°
1007-DGFYME/16 y N° 376-DGFER/19, y expediente electrónico N°39250150-
GCABA-DGCDPU/23,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios estableciendo para el
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades de
"entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y
diseñando e implementando políticas en relación con el mismo", así como entender en
lo relativo al uso del espacio público;
Que, el Decreto N°463-GCABA/19 y modificatorios aprobó la estructura orgánica del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Conservación
del Paisaje Urbano;
Que, el mentado Decreto incluye dentro de las responsabilidades primarias de dicha
Dirección General la de "diseñar políticas de regulación, registro, fomento y
coordinación de la actividad de ferias y mercados y comercios callejeros";
Que, por la Ley N° 5.122 se autoriza la instalación de las Ferias Itinerantes de
Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto reglamentario N° 491-GCABA/16
estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual continuadora institucional, la
Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano, es la autoridad de aplicación
de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas complementarias,
aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;
Que, por Decreto N° 366-GCABA/22 se me designó como Directora General a cargo
de la Dirección General Conservación del Paisaje Urbano;
Que, la Disposición N° 1007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las
Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;
Que, a través de la Disposición N° 376-DGFER/19 se ha autorizado el funcionamiento
de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 34 "BA Market- Ferias de la
Ciudad" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, mediante Comunicación Oficial N° 39254865-DGCDPU/23, se informó a la Junta
Comunal N° 6 del nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento
Barrial N° 34 "BA Market";
Que, en virtud de lo antes señalado, la Gerencia Operativa Mercados por informe
N°39252301-DGCDPU/23 solicita y presta conformidad autorizar nuevos
emplazamientos de FIAB N° 34 "BA Market" para el día sábado 28 y domingo 29 de
octubre en Parque Rivadavia;
Que, el horario de funcionamiento de la feria será a partir de las 10 hs hasta las 19 hs
contemplando el armado y desarmado a partir de las 22 hs del día viernes previo a la
feria, hasta las 23 hs del día domingo donde concluye la misma;
Que, deviene imperioso autorizar dichos emplazamientos de las Ferias Itinerantes de
Abastecimiento Barrial, a fin de evitar grandes desplazamientos y ofrecer productos de
calidad y variados, en nuevos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
Artículo 1°. - Autorízase el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento
Barrial de tipo orgánico o especial N°34 "BA MARKET-Ferias de la Ciudad", conforme
detalle obrante en el Anexo (IF-2023-39252686-GCABA-DGCDPU), que forma parte
integrante de la presente, de acuerdo a los considerandos de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones
correspondientes. Cumplido, archívese. Palacio