RESOLUCIÓN 700 2005 SECRETARIA DE CULTURA
Síntesis:
SECRETARÍA DE CULTURA - APRUEBA LÍNEAS DE SUBSIDIOS - INDUSTRIAS EDITORIALES - PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA LAS ARTES Y LAS CIENCIAS - APROBACIÓN -PRODUCCIONES FONOGRÁFICAS - EMPRESAS DE DISEÑO - BASES Y CONDICIONES - MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - ÁREA SUSTANTIVA - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN E INDUSTRIAS CULTURALES - MODELO DE NOTA DE SOLICITUD - BENEFICIARIOS - FORMULARIOS - CARTA COMPROMISO - REQUISITOS - DESIGNACIÓN DE JURADO
Publicación:
23/03/2005
Sanción:
08/03/2005
Organismo:
SECRETARIA DE CULTURA
Visto el Expediente N° 5.001/05;
CONSIDERANDO:
Que, por medio de los Decretos N° 1.020-GCBA/04 y N° 115-GCBA/05 se ha aprobado y prorrogado el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura y las ciencias en sus diversas manifestaciones;
Que, las referidas normas delegan en el titular de la Secretaría de Cultura, la facultad de conceder estos subsidios;
Que, por la Resolución N° 277-SC/05, se reglamentaron los citados decretos y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias;
Que, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se caracteriza por la importante actividad cultural desarrollada, ya sea llevada a cabo por personas físicas o jurídicas, entre otras, que implementan actividades relativas a las industrias culturales y de diseño en beneficio de la comunidad;
Que, se ha detectado la necesidad de financiar proyectos de las industrias de diseño, editoriales y de producciones fonográficas, que realizan actividades de interés público en el ámbito de la ciudad;
Que por todo lo expuesto, resulta necesario aprobar en el marco del programa mencionado una línea de subsidios para industrias culturales y de diseño, a los fines de brindar asistencia económica y financiera a las personas físicas, jurídicas o sociedades de hecho en el marco de los objetivos fijados en el Anexo I del Decreto N° 1.020-GCBA/04 y de la Resolución N° 277-SC/05;
Por ello,
Artículo 1° - Apruébase una línea de subsidios denominada Industrias Editoriales, que estará destinada a subsidiar proyectos de micro, pequeñas y medianas empresas residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dirigidos al diseño y desarrollo de nuevos productos, desde su etapa de concepción hasta su salida al mercado, así como también a la expansión de la capacidad productiva de las empresas del sector, por medio de la adquisición de bienes de capital e intangibles, conforme a los requisitos, bases y condiciones establecidos en el Anexo I, que forma parte de la presente resolución.
Artículo 2° - Apruébase una línea de subsidios denominada Empresas con Diseño, que estará destinada a subsidiar proyectos de micro, pequeñas y medianas empresas residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dirigidos al diseño y desarrollo de nuevos productos y/o materiales, desde su etapa de concepción hasta su salida al mercado, así como también a la expansión de la capacidad productiva de las empresas del sector, por medio de la adquisición de bienes de capital e intangibles, conforme a los requisitos, bases y condiciones establecidos en el Anexo II, que forma parte de la presente resolución.
Artículo 3° - Apruébase una línea de subsidios denominada Producciones Fonográficas, que estará destinada a subsidiar proyectos de micro, pequeñas y medianas empresas residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, orientados a la producción, edición y/o difusión de uno o más artistas y/o autores argentinos, conforme a los requisitos, bases y condiciones establecidos en el Anexo III, que forma parte de la presente resolución.
Artículo 4° - Los proyectos podrán ser presentados por personas físicas, jurídicas o sociedades de hecho. Se concederán subsidios hasta la suma de pesos treinta mil ($ 30.000) para los llamados en las temáticas Editorial y Diseño; y hasta pesos veinte mil ($20.000) para los llamados en Producciones Fonográficas. Estos subsidios no podrá representar más del setenta por ciento (70%) del monto total del proyecto.
Artículo 5° - La Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales actuará como área sustantiva de esta línea de subsidios de acuerdo a los términos del artículo 24 de la Resolución N° 277-SC/05.
Artículo 6° - Apruébase el modelo de Carta de Solicitud para la presentación de proyectos que obra como Anexo IV de la presente resolución.
Artículo 7° - Apruébanse los formularios para la presentación de proyectos que obran como Anexo V de la presente resolución.
Artículo 8° - Apruébase el modelo de Carta de Compromiso a suscribir por los beneficiarios del subsidio que como Anexo VI forma parte de la presente resolución.
Artículo 9° - Desígnanse a las personas que componen el jurado de notables, en las respectivas categorías, en el Anexo VII, que forma parte de la presente resolución.
Artículo 10 - Establécese la fecha de recepción de los pedidos de subsidios para los llamados de Producciones Fonográficas y de Industrias Editoriales desde el día 15 de abril de 2005 hasta el día 31 de mayo de 2005. Asimismo, establécese la fecha de recepción de los pedidos de subsidios para los llamados de Empresas con Diseño desde el día 16 de mayo de 2005 hasta el día 30 de junio de 2005. Los pedidos de subsidios deberán ser presentados en:
a) Sarmiento 1551 piso 5° de la Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 10 a 17 hs. para Producciones Fonográficas.
b) Villarino 2498 de la Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 10 a 17 hs. para Industrias Editoriales y Empresas con Diseño.
Artículo 11 - El área sustantiva de las líneas de subsidios efectuará el control y seguimiento de los beneficiarios, en relación a presentar la documentación respaldatoria de los gastos efectuados, mediante la respectiva rendición de cuentas.
Artículo 12 - De conformidad a lo establecido en el artículo 6° de la Resolución N° 277-SC/04 y previo al dictamen del área sustantiva, la Dirección General de Industrias Culturales y Diseño y la Dirección General de Música, respectivamente, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales, requerirán a los peticionantes una Póliza de Caución a favor de las mencionadas Direcciones Generales, de conformidad con lo establecido en los Anexos I, II y III que forman parte de la presente resolución, y a los efectos de garantizar las obligaciones establecidas en la Carta de Compromiso.
Artículo 13 - El otorgamiento de los subsidios se resolverá en virtud del cumplimiento de los requisitos, el análisis y la evaluación de los aspectos económicos e institucionales de la solicitud y su dimensión artística y/o cultural.
Artículo 14 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales y a las Direcciones Generales de Industrias Culturales y Diseño, de Música, de Contaduría y Tesorería. Cumplido, archívese. López
ANEXOS
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