DECRETO 314 2023
Síntesis:
DESESTIMA - RECURSO JERÁRQUICO EN SUBSIDIO DEL DE RECONSIDERACIÓN - INTERPUESTO POR PABLO ANDRÉS ROLDÁN - CONTRA LA RESOLUCIÓN 620-MJGGC-22 - JEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
06/11/2023
Sanción:
02/11/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado Ley N° 6.588), las Resoluciones Nros. 620-MJGGC/22 y 252-
MJGGC/23, el Expediente Electrónico N° 06965480-GCABA-MJGGC/22, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de
reconsideración interpuesto por el señor Pablo Andrés Roldán contra la Resolución N°
620-MJGGC/22, por la que se lo sancionó con cesantía;
Que por Resolución N° 252-MJGGC/23 se desestimó el recurso de reconsideración
contra la Resolución N° 620-MJGGC/22;
Que con fecha 02 de junio de 2023, se notificó al recurrente dicha Resolución;
Que en cumplimiento del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de
la Ciudad de Buenos Aires se notificó al señor Pablo Andrés Roldán la posibilidad de
mejorar o ampliar sus fundamentos;
Que cumplido el plazo legal citado y no habiendo realizado presentación alguna
tendiente a ampliar o mejorar los fundamentos expresados en el recurso de
reconsideración, corresponde tener por reproducidos los fundamentos plasmados en
la Resolución N° 252-MJGGC/23;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención de su
competencia oportunamente mediante la emisión del Dictamen Jurídico IF-2023-
39698603-GCABA-DGSUM;
Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en estas actuaciones y lo
aconsejado por la Procuración General, corresponde desestimar el recurso incoado.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desestimar el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración
interpuesto por el señor Pablo Andrés Roldán contra la Resolución N° 620/MJGGC/22
que dispuso su sanción con cesantía.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado con copia del Dictamen Jurídico N° IF-2023-39698603-GCABA-DGSUM
dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio
de lo cual podrán interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo
123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado según Ley N° 6.588), y para su conocimiento y demás efectos
remítase a Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Miguel