RESOLUCIÓN 8051 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN PARITARIA SECTORIAL - MÉDICOS MUNICIPALES - N° 10/2023 - 19 DE SEPTIEMBRE DE 2023 - REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ASOCIACIÓN DE MÉDICOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - FEDERACIÓN DE PROFESIONALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
07/11/2023
Sanción:
02/11/2023
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Paritaria
Sectorial Médicos Municipales Acta N° 10/2023, el Expediente Electrónico N° 2023-
39514449-GCABA-DGTALMHF y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 19 de septiembre de 2023, se celebró el Acta de Negociación Paritaria
Sectorial Médicos Municipales N° 10/2023, en el marco del Título II de la Ley N° 471
de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires
y la Federación de Profesionales de la Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante la misma, las partes acordaron modificar los incrementos remunerativos
establecidos en la Clausula Primera del Acta Paritaria de Negociación Sectorial N°
1/23 y modificatorias;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 6588), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación
Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el
acto administrativo respectivo;
Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumente el Acta de Negociación Paritaria Sectorial -Médicos Municipales N°
10/2023;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Paritaria Sectorial -Médicos
Municipales N° 10/2023, suscripta el día 19 de septiembre de 2023 entre los
representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Asociación
de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires y la Federación de
Profesionales de la Ciudad de Buenos Aires, la que como Anexo (IF-2023-39515241-
GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese a la Asociación de Médicos Municipales de la
Ciudad de Buenos Aires y a la Federación de Profesionales de la Ciudad de Buenos
Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaria de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General de Contaduría.
Cumplido, archívese. Mura