LEY 6678 2023

Síntesis:

ADHIERE LEY NACIONAL N° 27671 - CAPACITACIÓN OBLIGATORIA PERIÓDICA Y PERMANENTE EN LA CUESTIÓN DE LAS ISLAS MALVINAS - TODAS LAS PERSONAS QUE SE DESEMPEÑEN EN LA FUNCIÓN PÚBLICA EN TODOS SUS NIVELES Y JERARQUÍAS - PODER EJECUTIVO - PODER LEGISLATIVO - PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN -    NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

08/11/2023

Sanción:

26/10/2023

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

06/11/2023


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Se adhiere a la Ley Nacional N° 27.671 "Capacitación obligatoria,

periódica y permanente en la Cuestión de las Islas Malvinas, para todas las personas

que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en los

Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación."

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 12-CACFJ/25 aprobó la actividad Capacitación obligatoria Ley Malvinas, conforme lo establecido por Ley N° 6678.</p>
PROMULGADA POR
ADHIERE
<p>Artículo 1º de la Ley N° 6678 adhiere a la Ley Nacional N° 27.671 “Capacitación obligatoria, periódica y permanente en la Cuestión de las Islas Malvinas, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.”</p>