DISPOSICIÓN 87 2023 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Síntesis:
CONVOCA AL REEMPADRONAMIENTO - REGISTRO DE ASPIRANTES A EXPLOTAR LOS ESPACIOS PARA PEQUEÑOS COMERCIOS - ENTRE LOS DÍAS 4 Y 29 DE MARZO DE 2024 INCLUSIVE - GERENCIA OPERATIVA DE PROMOCIÓN DE EMPLEO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Publicación:
10/11/2023
Sanción:
01/11/2023
Organismo:
COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
VISTO: las Leyes Nacionales Nros. 24.308, 26.378 y 27.044, el Decreto del PEN N°
795/94, la Ley N° 447, los Decretos Nros. 1.553/97 y 1.187/08, la Disposiciones N° 55-
GCABA -COPIDIS/21, 4-GCABA -COPIDIS/22 y 5-GCABA -COPIDIS/22, el EX 2023-
40335949-GCABA - COPIDIS y;
CONSIDERANDO:
Que conforme la Ley Nacional N° 24.308, que sustituye el artículo 11 de la Ley
Nacional N° 22.431, reglamentada por el Decreto Nacional N° 795/94, el Estado se
halla obligado a ofrecer espacios para explotar pequeños comercios a personas con
discapacidad.
Que por la Ley Nacional N° 26.378 se aprobó la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad y por Ley Nacional N° 24.077 se le otorgó rango
constitucional;
Que por la Ley N° 447, se ordenó la conformación de la Comisión para la Plena
Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS), encargada de
planificar, y coordinar, supervisar, asesorar, capacitar y difundir todo lo necesario para
el cumplimiento de toda norma referida a las personas con discapacidad interactuando
con las distintas áreas del Estado, responsables de su aplicación y ejecución;
Que conforme el Decreto N° 1.553/97, se creó el Registro de Aspirantes a Explotar los
Espacios para Pequeños Comercios;
Que por Decreto N° 1.187/08, se delegó en la hoy Comisión para la Plena
Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS), la
actualización, control, administración e inscripción de los interesados en el Registro de
Aspirantes creado por el Decreto N° 1.553/97;
Que mediante Disposición N° 55-GCABA -COPIDIS/21, se convocó por última vez al
reempadronamiento para el Registro de Aspirantes a Explotar Espacios para
Pequeños Comercios;
Que con la emisión de la Disposición N° 4-GCABA -COPIDIS/22, se aprobó el nuevo
Manual de Procedimientos del Registro de Aspirantes a Explotar Espacios para
Pequeños Comercios, en el que se establece en el punto 7 de su Anexo I, que se debe
convocar al reempadronamiento para el mismo una vez cada dos años;
Que mediante Disposición N° 5-GCABA -COPIDIS/22, se dio por aprobado el padrón
de las personas inscriptas en el citado registro quedando vigente el orden de prelación
que figura en el mismo;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Convócase al reempadronamiento para el Registro de Aspirantes a
Explotar los Espacios para Pequeños Comercios.
Artículo 2°.- A fin de dar cumplimiento a ello, los inscriptos en dicho registro deberán
concurrir a la sede de Av. Belgrano 838, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro
del plazo comprendido entre los días 4 y 29 de marzo de 2024 inclusive, de lunes a
viernes en el horario de 10,30 a 14,30 hs.; o expresando su voluntad al correo
electrónico copidis_registro@buenosaires.gob.ar, dentro del mismo período.
Artículo 3°.- Autorízase a la Gerencia Operativa de Promoción de Empleo para
Personas con Discapacidad, la implementación de las diligencias necesarias para dar
cumplimiento al presente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese
a los inscriptos en el citado Registro. Cumplido, archívese. Ruiz