DISPOSICIÓN 695 2023 CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - DISPOSICIÓN N° 5-DGCACTYT/10 - APRUEBA - NORMAS - CURSO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN - INGRESANTES - CUERPO DE AGENTES DEL TRÁNSITO - PERFIL DEL PUESTO  - REQUISITOS PARA EL CORRECTO DESEMPEÑO  - 

Publicación:

16/11/2023

Sanción:

15/11/2023

Organismo:

CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO


VISTO: Las Leyes Nros. 2.148, 5.688 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.588),

los Decretos Nros. 463/GCABA/19 y sus modificatorios, y el Expediente Electrónico

N°41921189/DGCATRA/2023 y,

CONSIDERANDO:

Que el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito es la autoridad de control del

tránsito y el transporte en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según lo determinado

en el artículo 1.1.3 del Código de Tránsito y Transporte aprobado por Ley N° 2.148 y

sus modificatorias (texto consolidado por Ley N° 6.588);

Que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N°

6.588), se instituyó el Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, que en su artículo 501 estableció que el Cuerpo de Tránsito y

Transporte es un cuerpo civil, uniformado, no armado, debidamente identificado, que

tiene como misión hacer cumplir las disposiciones del Código de Tránsito y

Transporte, el ordenamiento y control del tránsito peatonal y vehicular, incluido todo

tipo de transporte, la difusión entre la población de los principios de prevención,

seguridad vial y movilidad sustentable y la asistencia y participación en los programas

de educación vial que se establezcan;

Que, por su parte, el art. 507 de la misma Ley, dispone que el Cuerpo de Agentes de

Control de Tránsito está a cargo de un Director General que tendrá las funciones que

le otorga el art. 509 que a su vez, faculta al Director General a dirigirlo ejecutiva y

operativamente, así como también velar por el cumplimiento de las funciones de dicho

cuerpo;

Que en el marco de lo establecido en el artículo 513 y especialmente el art. 516 y

siguientes del referido cuerpo legal, esta Dirección General propicia la permanente y

constante capacitación y actualización de la formación de los Agentes de control de

tránsito, de acuerdo a los principios establecidos en el Artículo 503.

Que la Ley N° 6.292 estableció la estructura ministerial y las competencias

actualmente vigentes para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que de acuerdo con las Responsabilidades Primarias de la Dirección General Cuerpo

de Agentes de Tránsito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dispuestas

mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, entre ellas la de fiscalizar y

controlar el cumplimiento de las normas viales, en coordinación con las reparticiones

coincidentes en ese objetivo y con las fuerzas policiales y de seguridad que actúan en

el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que resulta menester tener en cuenta la importancia institucional del Cuerpo de

Agentes de Tránsito en el Sistema Integral de Seguridad Pública, como así también en

la prevención y constatación de infracciones a la normativa de faltas y contravencional,

lo que torna imperiosa la implementación de nuevas modalidades y estrategias en el

empleo de los recursos, tanto materiales como humanos, que tiendan a la eficiencia y

eficacia de los mismos;

Que en función de estos objetivos, oportunamente se aprobaron los reglamentos

establecidos para conformar los Cursos de Formación y Capacitación para Ingresantes

al Cuerpo de Agentes de Tránsito.

Que en razón de la dinámica operacional que involucra la actuación del Cuerpo de

Agentes de Tránsito en el contexto descripto, resulta oportuno dictar el presente acto

administrativo con el objeto de regular los objetivos, modalidades y reglas de conducta

que sistematizará los Cursos destinados a Ingresantes al Cuerpo de Tránsito.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias conforme el Decreto N°

463/GCABA/19 y sus modificatorios;

EL DIRECTOR GENERAL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO

DISPONE:

Artículo 1°. - Dejar sin efecto la Disposición N° 5-2010-GCABA-DGCACTYT, que

aprueba "Normas del curso de adiestramiento para ingresantes del Cuerpo de Agentes

de Control de Tránsito y Transporte".

Artículo 2°. - Aprobar las Normas del Curso de Formación y Capacitación para

ingresantes al Cuerpo de Agentes del Tránsito, de acuerdo a lo preceptuado en los

Anexos I, IF N°41930367-GCABA-DGCATRA, "Normas del Curso de Formación y

Capacitación para los Aspirantes a Ingresantes", Anexo II IF N °41930370-GCABA-

DGCATRA, "Perfil del Puesto de Agente de Tránsito", Anexo III, IF N° 41930372-

GCABA-DGCATRA "Requisitos para el Correcto Desempeño del Ingresante a Agente

de Tránsito", que en todas sus partes integra el presente acto dispositivo, y que

entrará en vigencia a partir de su publicación.

Artículo 3°.- Notificar a los Ingresantes al Cuerpo de Agentes de Tránsito del presente

acto administrativo junto con sus anexos para su cumplimiento.

Artículo 4°. - Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comunicar

para su conocimiento a la Secretaria de Transporte y Obras Públicas y a la

Subsecretaría de Gestión de la Movilidad. Cumplido, archivar. Ricciardi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6750 - Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6750 - Anexo II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6750 - Anexo III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 695-DGCATRA/23 deja sin efecto la Disposición N° 5-DGCACTYT/2010.</p>