LEY 6680 2023

Síntesis:

DECLARA INNECESARIOS PARA LA GESTIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - AUTORIZA DISPOSICIÓN -  INMUEBLES  - DESTINADOS A FAVOR DE LOS HOSPITALES - MINISTERIO DE SALUD - DESTINO CUBRIR NECESIDADES DE HOSPITALES

Publicación:

17/11/2023

Sanción:

26/10/2023

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

15/11/2023


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Se declaran innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y se autoriza la disposición conforme los mecanismos

legales vigentes, de los inmuebles individualizados en el Anexo I que forma parte

integrante de la presente Ley, destinados a favor de los Hospitales dependientes del

Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2°.- El producido de la disposición de los inmuebles tendrá como destino cubrir

necesidades que estimen los respectivos Hospitales.

Art. 3°.- Las escrituras traslativas de dominio de los inmuebles comprendidos en la

presente Ley, se otorgarán por ante la Dirección General Escribanía General,

dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, o el organismo que en el futuro la reemplace.

Art. 4°.- Los gastos generados por la escrituración de la transferencia de dominio

sobre los inmuebles individualizados en el Anexo I, serán a cargo de los adquirientes.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

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