DECRETO 27 2023 PRESIDENCIA DE LA LEGISLATURA

Síntesis:

CONVOCA - SESIÓN PREPARATORIA - LEGISLATURA - CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES - 6 DE DICIEMBRE - 11:00 HS

Publicación:

27/11/2023

Sanción:

23/11/2023

Organismo:

PRESIDENCIA DE LA LEGISLATURA


VISTO La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.031

(texto consolidado por Ley N° 6.588), el Reglamento Interno de la Legislatura de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el expediente 2547-O-2023; y

CONSIDERANDO

Que el día viernes 3 de noviembre del corriente se recibió un oficio firmado por el

Presidente del Tribunal Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tramita

bajo el expediente N° 2547-O-2023, donde se hace saber quiénes son las/os treinta

(30) Diputadas/os de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que

resultaron electas/os en los comicios del 22 de octubre de 2023, según se detalla en el

anexo II que integra la Resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires que se adjunta al mencionado oficio;

Que el artículo 49 del Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley

N° 6.031; texto consolidado por Ley N° 6.588) establece que se proclamarán

Diputados/as de la Ciudad a quienes resulten elegidos/as con arreglo al sistema

D'Hont adoptado en el artículo 48 del mismo Código, y que los candidatos/as a cargos

titulares que sigan en el orden de la lista a los electos/as serán proclamados/as como

Diputados/as suplentes;

Que el artículo 251 del Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley

N° 6.031; texto consolidado por Ley N° 6.588) determina que la Legislatura de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires proclamará a quienes resulten electos/as

Diputados/as;

Que el artículo 252 del Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley

N° 6.031; texto consolidado por Ley N° 6.588) determina que los procedimientos allí

regulados, entre los que está la proclamación de los/as electos/as, deben constar en

un acta de escrutinio definitivo que el Tribunal Electoral hará extender por la Secretaría

Electoral y que será firmada por la totalidad de sus miembros;

Que el artículo 77 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires prevé

que la Legislatura es juez exclusivo de los derechos y títulos de sus miembros, y que,

en el acto de su incorporación, los diputados prestan juramento o compromiso de

desempeñar debidamente su cargo y de obrar en conformidad con lo que prescribe la

Constitución Nacional y esta Constitución;

Que el Reglamento Interno de la Legislatura de la Ciudad regula las sesiones

preparatorias en el Capítulo 1 del Título I, donde establece que los diputados y

diputadas se reúnen en Sesión Preparatoria, a los efectos de presentar diplomas,

prestar juramento y elegir autoridades;

Que los Diputados/as electos deben asumir sus funciones por el período comprendido

entre el 10 de diciembre de 2023 y el 10 de diciembre de 2027;

Que por aplicación del artículo 84, inciso 8 del citado Reglamento, corresponde a la

Presidencia citar a sesiones de la Legislatura;

Por ello:

EL PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°: Se convoca a Sesión Preparatoria de la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, para el día 6 de diciembre a las 11:00 hs.

Art. 2°: Se encomienda a la Secretaría Administrativa de la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires la impresión de 30 diplomas de proclamación a nombre de

las/os treinta (30) Diputadas/os de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires que resultaron electas/os.

Art. 3°: Se encomienda a la Secretaría Parlamentaria de la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires la notificación del cumplimiento de la proclamación una

vez finalizada la sesión al Tribunal Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 4°: Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi