DECRETO 354 2023

Síntesis:

APRUEBA - CAMBIO DE MODALIDAD DE JORNADA SIMPLE - TURNOS MAÑANA Y TARDE - A JORNADA COMPLETA - TOTALIDAD DE LAS SECCIONES - ESCUELA PRIMARIA N° 8 - DISTRITO ESCOLAR 16 - SAN JUAN BOSCO - CALLE MERCEDES N° 4966 - SECCIONES DE 1° A 7° GRADO - A PARTIR DEL CICLO LECTIVO 2024 

Publicación:

01/12/2023

Sanción:

29/11/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley de Educación

Nacional N° 26.206 y sus modificatorias, la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N°

6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la Resolución del Consejo Federal

de Educación N° 426/22, el Expediente Electrónico N° 37.548.234-GCABA-

DGEGE/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que conforme la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y sus modificatorias, la

obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cuatro (4) años

hasta la finalización del nivel de la educación secundaria;

Que, asimismo, en el artículo 28 de la mencionada Ley, prevé que las escuelas

primarias serán de jornada extendida o completa con la finalidad de asegurar el logro

de los objetivos fijados para el Nivel Primario;

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Educación, que tiene entre

sus objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social, como así también administrar y fiscalizar el sistema de educación,

asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y

modalidades, entre otros;

Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Educación a la Dirección General de

Educación de Gestión Estatal dependiente de la Subsecretaría de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa, que tiene entre sus responsabilidades primarias la

de implementar y llevar a cabo las políticas y programas educativos en todas las

áreas, niveles y modalidades de la enseñanza de su dependencia, atendiendo los

aspectos pedagógicos y administrativos, en función de la política educativa de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en dicho contexto, la precitada Dirección General promueve el cambio de

modalidad de jornada simple, turnos mañana y tarde, a jornada completa de la

Escuela Primaria N° 8 Distrito Escolar 16 "San Juan Bosco", a implementar en las

secciones de 1° a 7° grado, a partir del ciclo lectivo 2024;

Que por Resolución del Consejo Federal de Educación N° 426/22, la Nación, las

provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se comprometieron a implementar

todas las acciones necesarias para avanzar hacia la universalización de la jornada

completa o extendida en las escuelas primarias, o bien a adoptar la modalidad de

extensión horaria que las lleve a un mínimo de 25 horas semanales como estrategia

escalonada hacia dicha universalización;

Que corresponde destacar que el propósito de ampliar la jornada escolar en el Nivel

Primario obedece principalmente a maximizar el aprovechamiento del tiempo escolar

como medio para promover la profundización y el enriquecimiento de la propuesta

pedagógica, y a favorecer a los/as docentes con nuevas formas de organización de la

enseñanza;

Que de esta forma se busca avanzar con estrategias que permitan contribuir con

nuevas ofertas educativas que habiliten mayor tiempo para el abordaje de los

contenidos, generando mayor rendimiento en los niños y niñas que integran la

comunidad educativa;

Que corresponde señalar que el cambio de modalidad de jornada propuesto para la

Escuela Primaria N° 8 Distrito Escolar 16 "San Juan Bosco" permite seguir

garantizando una diversidad de oferta educativa por distrito escolar;

Que en virtud del cambio de modalidad promovido, resulta oportuno encomendar a la

titular del Ministerio de Educación la aprobación, modificación y convalidación de las

Plantas Orgánicas Funcionales, como así también la implementación de la medida

propiciada;

Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que así lo establezca.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar el cambio de modalidad de jornada simple, turnos mañana y

tarde, a jornada completa para la totalidad de las secciones que conforman la Escuela

Primaria N° 8 Distrito Escolar 16 "San Juan Bosco", ubicada en la calle Mercedes N°

4966 de esta Ciudad, a implementar en las secciones de 1° a 7° grado a partir del ciclo

lectivo 2024.

Artículo 2°.- Encomendar a la titular del Ministerio de Educación la aprobación,

modificación y convalidación de las Plantas Orgánicas Funcionales y la

implementación de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación, el

señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos comuníquese a los Ministerios de Hacienda y Finanzas

y de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura -

Miguel