DECRETO 397 2023
Síntesis:
DESIGNA - DIRECTOR EJECUTIVO - MATÍAS LANUSSE - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - MINISTERIO DE JUSTICIA
Publicación:
13/12/2023
Sanción:
12/12/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 2.624 (texto consolidado Ley N° 6.588) y 6.684, el Expediente
Electrónico N° 45722548-AJG/23 y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Justicia;
Que el artículo 19 establece dentro de los objetivos del Ministerio de Justicia el de
ejercer el control de legalidad de la Agencia Gubernamental de Control;
Que por el artículo 1° de la Ley N° 2.624, se creó la Agencia Gubernamental de
Control, como entidad autárquica en el ámbito del entonces Ministerio de Justicia y
Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o del organismo que en el futuro lo
reemplace;
Que el artículo 8° de la Ley N° 2.624 establece que el Director Ejecutivo de la
mencionada Agencia es designado por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que resulta pertinente designar como Director Ejecutivo de la Agencia Gubernamental
de Control, Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita del Ministerio de Justicia del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al señor Matías Lanusse, D.N.I. N°
29.393.168, C.U.I.L. N° 20-29393168-3;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.624,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, como Director Ejecutivo de
la Agencia Gubernamental de Control, Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita del
Ministerio de Justicia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al señor
Matías Lanusse, D.N.I. N° 29.393.168, C.U.I.L. N° 20-29393168-3.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y por
señor el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Agencia
Gubernamental de Control. Cumplido. Archívese. MACRI - Tapia - Grindetti