LEY 1647 2005

Síntesis:

MODIFICA ORDENANZA 41815 - VEHÍCULOS - ANTIGÜEDAD - EQUIPO DE AIRE ACONDICIONADO - SERVICIO PÚBLICO DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO - ANTIGÜEDAD DOCE MESES - AIRE ACONDICIONADO

Publicación:

20/04/2005

Sanción:

10/03/2005

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

12/04/2005

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Incorpórase como inciso m) del artículo 8° de la Ordenanza N° 41.815 el siguiente texto:

m) Cuando se trate de un vehículo cuya antigüedad no supere los doce (12) meses, éstos deberán contar con equipo de aire acondicionado.

Artículo 2° - Comuníquese, etc.-de Estrada - Alemany

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 1647 incorpora el inciso m) del artículo 8 de la Ordenanza 41815.-</p>
PROMULGADA POR