DECRETO 449 2023
Síntesis:
DESIGNA - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO - ANTONELLA ANA AMICUCCI - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN URBANA - SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
22/12/2023
Sanción:
21/12/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23, el Expediente Electrónico N°
46580543-GCABA- SECDU/23, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, por Decreto N° 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta nivel de Dirección
General y contempló a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro
dependiente de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo
Urbano bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que en consecuencia, el señor Jefe de Gabinete de Ministros propicia, a partir del 10
de diciembre de 2023, la designación de la señora Antonella Ana Amicucci, D.N.I. N°
35.959.017, C.U.I.T. N° 27-35959017-8, como Directora General de la Dirección
General de Registro de Obras y Catastro dependiente de la Subsecretaría de Gestión
Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete
de Ministros;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, a la señora Antonella Ana
Amicucci, D.N.I. N° 35.959.017, C.U.I.T. N° 27-35959017-8, como Directora General
de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro dependiente de la
Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano bajo la órbita
de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588),
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio
de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y
demás efectos remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.
MACRI - Grindetti