DECRETO 455 2023
Síntesis:
DESIGNA - DIRECTORA GENERAL - SOFÍA INÉS GUICHANDUT - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN GUBERNAMENTAL - SUBSECRETARIO - AXEL MC CALLUM - SUBSECRETARÍA INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA - SUBSECRETARIO - PEDRO IGNACIO ALESSANDRI - SUBSECRETARÍA CIUDAD INTELIGENTE - SECRETARÍA INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
26/12/2023
Sanción:
22/12/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23, el Expediente Electrónico N°
46726646-GCABA-DGAJRH/23, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, por Decreto N° 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta nivel de Dirección
General, contemplando a la Dirección General de Planificación y Coordinación
Gubernamental, a la Subsecretaría Innovación Administrativa, y a la Subsecretaría
Ciudad Inteligente dependientes de la Secretaría Innovación y Transformación Digital
de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, en consecuencia, el señor Jefe de Gabinete de Ministros propicia las
designaciones de las personas que se detallan en el Anexo I IF-2023-46891421-
GCABA-MJGGC, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en
los cargos y condiciones que se detallan en el mismo;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, a las personas que se
detallan en el Anexo I IF-2023-46891421-GCABA-MJGGC, el que a todos sus efectos
forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que se detallan en el
mismo.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588),
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio
de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y
demás efectos remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros . Cumplido, archívese.
MACRI - Grindetti