DECRETO 460 2023

Síntesis:

DEROGA - DECRETO N° 43/22 - DELEGA EN - MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA - PABLO JOSÉ BERECIARTUA - REPRESENTACIÓN LEGAL - SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO - SBASE - REPRESENTACIÓN EN ASAMBLEAS ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS - EMPRESA AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANÓNIMA - AUSA 

Publicación:

26/12/2023

Sanción:

22/12/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; las Leyes Nros.

4.472 (texto consolidado por Ley N° 6.588), 3.060 y su modificatoria 6.085 y 6.684; los

Decretos Nros. 43/22, 386/23 y 387/23, el Expediente Electrónico N° 46990145-

GCABA-MIGC/23 y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo prevé el artículo 104, inciso 1), de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, el Jefe de Gobierno representa legalmente a la Ciudad,

pudiendo delegar dicha atribución;

Que, por medio de la Ley N° 3.060 y su modificatoria N° 6.085, se otorgó la concesión

de obra pública de la Red de Autopistas y Vías Interconectadas de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y Puentes de conexión física con la Provincia de Buenos

Aires a la empresa Autopistas Urbanas S.A. (AUSA);

Que, por su parte, la Ley N° 4.472 establece la regulación y la reestructuración del

Sistema de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires (SUBTE), teniendo como objetivo la prestación

idónea, eficiente y de calidad del servicio público, la puesta en valor de las líneas

ferroviarias de superficie y subterráneas existentes, el desarrollo de la infraestructura

ferroviaria de superficie y subterráneas así como la seguridad operativa de la

prestación del servicio público;

Que, el artículo 4° de la citada Ley designa a Subterráneos de Buenos Aires S.E.

(SBASE) como su Autoridad de Aplicación;

Que, por Decreto N° 43/22 se delegó en la entonces Secretaria de Transporte y Obras

Públicas, Lic. María Manuela López Menéndez, la representación de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la

Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima (AUSA) y la representación legal de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante Subterráneos de Buenos Aires Sociedad

del Estado (SBASE);

Que, por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, cuyo artículo 2° contempla entre los Ministerios del Poder

Ejecutivo al Ministerio de Infraestructura;

Que, mediante Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplando a la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima (AUSA) y a

Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) entre los organismos

Fuera de Nivel bajo la órbita del Ministerio de Infraestructura;

Que, por Decreto N° 386/23, se designó a partir del 10 de diciembre de 2023 al señor

Pablo José Bereciartua D.N.I. N° 22.029.186, C.U.I.L. N° 20-22029186-4, como

Ministro de Infraestructura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, atento lo expuesto, corresponde derogar el Decreto N° 43/22 y delegar las

representaciones legales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante las referidas

sociedades en el Ministro de Infraestructura, Señor Pablo José Bereciartua;

Que, en virtud de todo lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo

pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Derogar el Decreto N° 43/22.

Artículo 2°.- Delegar la representación legal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ante Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE), en el Ministro de

Infraestructura, Señor Pablo José Bereciartua D.N.I. N° 22.029.186, C.U.I.L. N° 20-

22029186-4.

Artículo 3°.- Delegar la representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las

Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad

Anónima (AUSA), en el Ministro de Infraestructura, Señor Pablo José Bereciartua

D.N.I. N° 22.029.186, C.U.I.L. N° 20-22029186-4.

Artículo 4°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Infraestructura

y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima (AUSA) y a

Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) para su conocimiento y

demás efectos, remítase al Ministerio de Infraestructura. Cumplido, archívese. MACRI

- Bereciartua - Grindetti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 460/23 deroga el Decreto N° 43/22.</p>