DECRETO 476 2023
Síntesis:
DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA POPULAR Y SOCIAL - JUAN PABLO GUTIÉRREZ DÍAZ - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT
Publicación:
28/12/2023
Sanción:
27/12/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, y el Expediente
Electrónico N° 47031283-GCABA-MDHYHGC/23, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Dirección General de Economía Popular y Social, dependiente de la
Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano del citado Ministerio;
Que, el señor Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat propicia la designación, a partir
del 10 de diciembre de 2023, del señor Juan Pablo Gutiérrez Díaz, D.N.I. N°
31.422.373, C.U.I.L. N° 20-31422373-0, como Director General de la Dirección
General de Economía Popular y Social, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo
del Potencial Humano, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, al señor Juan Pablo
Gutiérrez Díaz, D.N.I. N° 31.422.373, C.U.I.L. N° 20-31422373-0, como Director
General de la Dirección General de Economía Popular y Social, dependiente de la
Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano, dependiente del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588). Comuníquese a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese. MACRI - Mraida - Grindetti