DECRETO 478 2005

Síntesis:

PROMULGA LEY 1654 

Publicación:

21/04/2005

Sanción:

13/04/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


En uso de las atribuciones conferidas por el art. 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 1.654, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 10 de marzo de 2005. Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos y para su conocimiento y fines pertinentes pase al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El presente decreto es refrendado por los señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento y de Seguridad, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGA