DECRETO 495 2023
Síntesis:
DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - AGUSTÍN ULANOVSKY - DIRECCIÓN GENERAL ASUNTOS REGISTRALES - SUBSECRETARÍA REGISTRO Y MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS - SECRETARÍA DE JUSTICIA - MINISTERIO DE JUSTICIA
Publicación:
02/01/2024
Sanción:
29/12/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, y el Expediente
Electrónico N° 47418021-GCABA-DGTALMJ/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Justicia;
Que por su parte, el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplando a la Dirección General Asuntos Registrales dependiente de la
Subsecretaría Registro y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos de la
Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia;
Que, en ese sentido, el señor Ministro de Justicia propicia la designación del señor
Agustín Ulanovsky, DNI N° 32.402.242, CUIL N° 20-32402242-3, como Director
General de la Dirección General Asuntos Registrales, dependiente de la Subsecretaría
Registro y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, de la Secretaría de
Justicia del Ministerio de Justicia;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, al señor Agustín
Ulanovsky, DNI N° 32.402.242, CUIL N° 20-32402242-3, como Director General de la
Dirección General Asuntos Registrales, dependiente de la Subsecretaría Registro y
Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, de la Secretaría de Justicia del
Ministerio de Justicia.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia, y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado, dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase al Ministerio de Justicia. Cumplido, archívese. MACRI - Tapia -
Grindetti