DECRETO 495 2023

Síntesis:

DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - AGUSTÍN ULANOVSKY - DIRECCIÓN GENERAL ASUNTOS REGISTRALES - SUBSECRETARÍA REGISTRO Y MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS - SECRETARÍA DE JUSTICIA - MINISTERIO DE JUSTICIA

Publicación:

02/01/2024

Sanción:

29/12/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, y el Expediente

Electrónico N° 47418021-GCABA-DGTALMJ/23, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Justicia;

Que por su parte, el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplando a la Dirección General Asuntos Registrales dependiente de la

Subsecretaría Registro y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos de la

Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia;

Que, en ese sentido, el señor Ministro de Justicia propicia la designación del señor

Agustín Ulanovsky, DNI N° 32.402.242, CUIL N° 20-32402242-3, como Director

General de la Dirección General Asuntos Registrales, dependiente de la Subsecretaría

Registro y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, de la Secretaría de

Justicia del Ministerio de Justicia;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, al señor Agustín

Ulanovsky, DNI N° 32.402.242, CUIL N° 20-32402242-3, como Director General de la

Dirección General Asuntos Registrales, dependiente de la Subsecretaría Registro y

Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, de la Secretaría de Justicia del

Ministerio de Justicia.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia, y por

el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado, dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás

efectos, remítase al Ministerio de Justicia. Cumplido, archívese. MACRI - Tapia -

Grindetti