DECRETO 503 2023

Síntesis:

DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - ADRIÁN NICOLÁS DE STEFANO - DIRECCIÓN GENERAL MEDIACIÓN Y CONVIVENCIA VECINAL - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PÚBLICOS TERRITORIALES - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO

Publicación:

02/01/2024

Sanción:

10/12/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, y el Expediente

Electrónico N° 47547738-GCABA-SECGVC/23, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 10 de la citada Ley contempla entre las Secretarías del Poder Ejecutivo

a la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano;

Que, por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

hasta el nivel Dirección General, contemplándose a la Dirección General Mediación y

Convivencia Vecinal de la Subsecretaría de Asuntos Públicos Territoriales bajo la

órbita de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano;

Que, en consecuencia, el señor Secretario de Gobierno y Vínculo Ciudadano propicia

la designación, a partir del 10 de diciembre de 2023, del señor Adrián Nicolás De

Stefano, D.N.I. N° 22.294.015, C.U.I.L. N° 20-22294015-0 como Director General de la

Dirección General Mediación y Convivencia Vecinal de la Subsecretaría de Asuntos

Públicos Territoriales;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, al señor Adrián Nicolás De

Stefano, D.N.I. N° 22.294.015, C.U.I.L. N° 20-22294015-0, como Director General de

la Dirección General Mediación y Convivencia Vecinal de la Subsecretaría de Asuntos

Públicos Territoriales dependiente de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado, dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588), comuníquese a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás

efectos, remítase a la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. MACRI -

Grindetti