LEY 6697 2023

Síntesis:

CONDONA DEUDA - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - QUE MANTIENE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES - IMPUESTO INMOBILIARIO - TASA RETRIBUTIVA - SERVICIOS DE ALUMBRADO BARRIDO Y LIMPIEZA MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS ABL - LEGISLATURA DE LA CIUDAD

Publicación:

03/01/2024

Sanción:

07/12/2023

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

29/12/2023


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Se condona la deuda que mantiene la Universidad Nacional de las Artes

con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en concepto del Impuesto

Inmobiliario y de la Tasa Retributiva por los Servicios de Alumbrado, Barrido y

Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros (ABL), respecto de los

inmuebles de su titularidad.

Art. 2°.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda

condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna

abonada.

Art. 3°.- Si existiera a la fecha reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la

presente norma se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi

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