RESOLUCIÓN 1 2024 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

APRUEBA EL VALOR - TARIFA DE VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR OBLIGATORIA - VTV - AUTOMÓVILES - MOTOVEHÍCULOS - ENERO DEL 2024 - MARZO DEL 2024 - SECRETARIA DE TRANSPORTE

Publicación:

05/01/2024

Sanción:

04/01/2024

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 6;

1.218; 2.265 (textos consolidados por Ley N° 6.588), 6.629, 6.631, y 6.684, los

Decretos Nros. 403/16, 304/23 y 387/23, la Resolución Conjunta N°

02/SECTRANS/16; el Expediente Electrónico N°EX-2023-36863021--GCABA-

SECTOP y;

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto, las empresas concesionarias del

Servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, establecida por la Ley N° 2.265 , han solicitado la readecuación de la

tarifa;

Que, mediante el Decreto N° 403/16, se designó a la entonces Secretaría de

Transporte, dependiente del entonces Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, y,

a la Agencia de Protección Ambiental, entidad autárquica en el ámbito del entonces

Ministerio de Ambiente y Espacio Público, como Autoridad de Aplicación de la

Verificación Técnica Vehicular Obligatoria, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a

efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 2.265 (texto consolidado por

Ley N° 6.588) y su modificatoria, Ley N° 6.631, sus normas modificatorias y/o

reglamentarias, en el marco de sus competencias;

Que por Resolución Conjunta N°02/SECTRANS/16, se aprobó el detalle de

competencias asignadas a la Autoridad de Aplicación mencionada precedentemente;

Que por Ley N° 6.684, se aprobaron los Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N°387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la Secretaría de

Transporte, dependiente del Ministerio de Infraestructura, asumiendo las funciones

que anteriormente poseía la entonces Secretaría de Transporte y Obras Públicas

como Autoridad de Aplicación de la mencionada Ley N° 2.265 y su modificatoria, Ley

N° 6.631;

Que mediante el citado Decreto N° 387/23, se establecieron entre las

responsabilidades primarias de la Secretaría de Transporte, la de "entender en la

regulación y control del transporte y el tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires";

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo N° 66 del Pliego de Bases y Condiciones

Particulares que rigió la mencionada Licitación y la Circular Aclaratoria Sin Consulta N°

001 en su artículo N° 49, se realizó un estudio sobre la rentabilidad del sector,

analizando detalladamente la evolución de los costos involucrados que inciden en la

prestación de dicho servicio;

Que, en tal sentido, se observó una desactualización de más del cinco por ciento (5 %)

en la variación de los costos de la tarifa establecida en la Circular Aclaratoria sin

Consulta Nro. 002, lo cual repercute negativamente en la ecuación económica

financiera de la actividad, elevando los costos y reduciendo la rentabilidad del servicio

y generando el derecho a los concesionarios de solicitar una reconsideración de la

tarifa vigente;

Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N° 6 (texto modificado por Ley

N° 6.629), se dictó el Decreto N° 304/23, convocando a Audiencia Pública para el

tratamiento de la referida modificación de la tarifa;

Que dicha audiencia, se celebró de forma virtual el día 05 de diciembre de 2023, a las

12HS., de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley N° 6 y su modificatoria

Ley N° 6.629;

Que teniendo en cuenta el estudio realizado, se propicia un aumento del ciento cuatro

por ciento (104%) en el valor de la tarifa del Servicio de Verificación Técnica Vehicular

Obligatoria, a implementarse en dos etapas: 52 % en el mes de enero y 52 % en el

mes de marzo, ambas del 2024;

Que, en consecuencia se determina el valor de la tarifa para la primera etapa a

aplicarse en el mes de enero del 2024, en pesos catorce mil ciento veintinueve con

ochenta y nueve centavos ($ 14.129,89.-) para los automóviles, y en pesos cinco mil

trescientos doce con setenta y tres centavos ($ 5.312,73.-) para los motovehículos;

incluyendo ambos valores el impuesto al valor agregado y el monto correspondiente al

precio del arancel el cual asciende a la suma de pesos mil quinientos sesenta y dos

con cuarenta centavos ($ 1.562,40.-);

Que, para la segunda etapa que se aplicará en el mes de marzo del 2024, el valor de

la tarifa se determina en, pesos veintiún mil cuatrocientos setenta y siete con cuarenta

y cuatro centavos ($ 21.477,44.-) para los automóviles, y en pesos ocho mil setenta y

cinco con treinta y cuatro centavos ($ 8.075,34.-) para los motovehículos; incluyendo

ambos valores el impuesto al valor agregado y el monto correspondiente al precio del

arancel el cual asciende a la suma de pesos dos mil trescientos setenta y cuatro con

ochenta y seis centavos ($ 2.374,86.-) a los fines de restablecer razonablemente dicha

ecuación económica;

Que, en virtud de lo expuesto, resulta pertinente efectuar una razonable recomposición

de la tarifa, con la finalidad de restablecer la rentabilidad y la calidad en la prestación

del servicio;

Que, tal reajuste, permitirá mitigar los efectos de los incrementos sufridos, asegurando

para las empresas concesionarias una rentabilidad razonable del servicio y para los

usuarios el acceso a una prestación con estándares óptimos de calidad.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los Decretos Nros.

403/16, 387/23 y la Resolución Conjunta N° 2/SECTRANS/16,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el valor de la tarifa de verificación técnica vehicular obligatoria en

pesos catorce mil ciento veintinueve con ochenta y nueve centavos ($ 14.129,89.-)

para los automóviles, y en pesos cinco mil trescientos doce con setenta y tres

centavos ($ 5.312,73.-) para los motovehículos; incluyendo ambos valores el impuesto

al valor agregado y el monto correspondiente al precio del arancel el cual asciende a la

suma de Pesos mil quinientos sesenta y dos con cuarenta centavos ($ 1.562,40.-); el

que comenzará a regir el día de la publicación de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Aprobar el valor de la tarifa de verificación técnica vehicular obligatoria, en

pesos veintiún mil cuatrocientos setenta y siete con cuarenta y cuatro centavos

($ 21.477,44.-) para los automóviles, y en pesos ocho mil setenta y cinco con treinta y

cuatro centavos ($ 8.075,34.-) para los motovehículos; incluyendo ambos valores el

impuesto al valor agregado y el monto correspondiente al precio del arancel el cual

asciende a la suma de pesos dos mil trescientos setenta y cuatro con ochenta y seis

centavos ($ 2.374,86.-); el que comenzará a regir desde el día 1° de marzo del 2024.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

comuníquese al Ministerio de Infraestructura y a la Subsecretaría de Gestión de la

Movilidad quien deberá comunicar a las Empresas Concesionarias del Servicio de

Verificación Técnica Vehicular Obligatoria. Cumplido, archívese. Kogan

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 1/SECT/24 aprueba el valor de la tarifa de verificación técnica vehicular obligatoria, el que comenzará a regir el día de la publicación de la presente Resolución, quedando modificada la Resolución N° 355/SECTRANS/16.</p><p>Artículo 2º aprueba el valor de la tarifa de verificación técnica vehicular obligatoria, el que comenzará a regir desde el día 1° de marzo del 2024.</p>