DECRETO 44 2024

Síntesis:

DESIGNA - LEANDRO SELIM SAAIED - TITULAR - ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD EJECUTORA PARA LA RENOVACIÓN URBANA DE LA TRAZA DE LA EX-AU3 - LEY N° 3396 -  MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

Publicación:

11/01/2024

Sanción:

10/01/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 3.396 y 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, el

Expediente Electrónico N° 47269100-GCABA-UEEXAU3/23, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 3.396 se crea la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la

Traza de la Ex-AU3;

Que por la Ley N° 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;

Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

que prevé al Organismo Fuera de Nivel "Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana

de la Traza de la Ex-AU3 -Ley N° 3.396", bajo la órbita del citado Ministerio;

Que, en consecuencia, el señor Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat propicia la

designación a partir del 10 de diciembre de 2023 del señor Leandro Selim Saaied

D.N.I N° 24.229.431, C.U.I.L N° 23-24229431-9, como titular del Organismo Fuera de

Nivel Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex-AU3 -Ley N°

3.396;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, al señor Leandro Selim

Saaied D.N.I N° 24.229.431, C.U.I.L N° 23-24229431-9, como titular del Organismo

Fuera de Nivel Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex-AU3

-Ley N° 3.396, bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo

Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependiente Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás

efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese.

MACRI - Mraida - Grindetti