DECRETO 45 2024
Síntesis:
DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - JUAN MARTÍN COSTA - DIRECCIÓN GENERAL DEPORTE SOCIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO - SECRETARÍA DEPORTES - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
11/01/2024
Sanción:
10/01/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, el Expediente
Electrónico N° 1432683-GCABA-DGDSYDD/24, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Dirección General Deporte Social y Desarrollo Deportivo,
dependiente de la Secretaría Deportes de la citada Jefatura de Gabinete;
Que, en consecuencia, el señor Jefe de Gabinete de Ministros propicia la designación,
a partir del 2 de enero de 2024, del señor Juan Martín Costa, D.N.I. N° 32.741.541,
C.U.I.L. N° 20-32741541-8, como Director General de la Dirección General Deporte
Social y Desarrollo Deportivo dependiente de la Secretaría Deportes;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 2 de enero de 2024, al señor Juan Martín Costa,
D.N.I. N° 32.741.541, C.U.I.L. N° 20-32741541-8, como Director General de la
Dirección General Deporte Social y Desarrollo Deportivo dependiente de la Secretaría
Deportes de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos
remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros . Cumplido, archívese. MACRI -
Grindetti