DECRETO 45 2024

Síntesis:

DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - JUAN MARTÍN COSTA - DIRECCIÓN GENERAL DEPORTE SOCIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO - SECRETARÍA DEPORTES - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 

Publicación:

11/01/2024

Sanción:

10/01/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, el Expediente

Electrónico N° 1432683-GCABA-DGDSYDD/24, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a la Dirección General Deporte Social y Desarrollo Deportivo,

dependiente de la Secretaría Deportes de la citada Jefatura de Gabinete;

Que, en consecuencia, el señor Jefe de Gabinete de Ministros propicia la designación,

a partir del 2 de enero de 2024, del señor Juan Martín Costa, D.N.I. N° 32.741.541,

C.U.I.L. N° 20-32741541-8, como Director General de la Dirección General Deporte

Social y Desarrollo Deportivo dependiente de la Secretaría Deportes;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 2 de enero de 2024, al señor Juan Martín Costa,

D.N.I. N° 32.741.541, C.U.I.L. N° 20-32741541-8, como Director General de la

Dirección General Deporte Social y Desarrollo Deportivo dependiente de la Secretaría

Deportes de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos

remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros . Cumplido, archívese. MACRI -

Grindetti