DECRETO 48 2024

Síntesis:

DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DEPORTE DE ELITE Y ALTO RENDIMIENTO - MARCELO TRISTÁN BOSCH - SECRETARÍA DEPORTES - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

15/01/2024

Sanción:

12/01/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, el Expediente

Electrónico N° 01140832-GCABA-SECD/24, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a la Dirección General Deporte de Elite y Alto Rendimiento, dependiente

de la Secretaría Deportes de la citada Jefatura de Gabinete;

Que, en consecuencia, el señor Jefe de Gabinete de Ministros propicia la designación,

a partir del 10 de diciembre de 2023, del señor Marcelo Tristán Bosch, D.N.I. N°

30.744.718, C.U.I.L. N° 20-30744718-6, como Director General de la Dirección

General Deporte de Elite y Alto Rendimiento dependiente de la Secretaría Deportes de

la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, al señor Marcelo Tristán

Bosch, D.N.I. N° 30.744.718, C.U.I.L. N° 20-30744718-6, como Director General de la

Dirección General Deporte de Elite y Alto Rendimiento dependiente de la Secretaría

Deportes de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos

remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros . Cumplido, archívese. MACRI -

Arengo Piragine p/p