DISPOSICIÓN 1 2024 DIRECCION GENERAL AUTONOMIA Y REVINCULACION

Síntesis:

RATIFICA LOS ARTÍCULOS N° 1 Y N° 4  - DISPOSICIÓN N° 59-DGDEIS/22  - DEJA SIN EFECTO - ARTÍCULO  N° 2 Y  N° 3 - Y DESIGNA INTEGRANTES TITULARES - NADIA CARLA STEVANOVICH - MARÍA VERÓNICA VIVAS  Y AUGUSTO DEFELIPPE - COMISIÓN EVALUADORA DEL PROGRAMA REDES POR LA INCLUSIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE AUTONOMÍA Y REVINCULACIÓN

Publicación:

18/01/2024

Sanción:

15/01/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL AUTONOMIA Y REVINCULACION

Estado:

No vigente


VISTO: Decreto N° 387/GCABA/AJG/2023, el Decreto N° 31/GCABA/AJG/2024, el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/1997, la Resolución N° 395/GCABA-

MDHYHGC/2022, la Resolución N° 184/GCABA/SECISYAI/2022, la Disposición N°

59/GCABA/DGDEIS/2022 y,

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 387/GCABA/AJG/2023 y sus modificatorios, se aprobó la

estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, contemplando a la Dirección General de Autonomía y Revinculación,

dentro de la Subsecretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat;

Que, por Decreto N° 31/GCABA/AJG/2024 se designó a la Licenciada María Rosario

Angelillo a partir del 10 de diciembre del 2023 como Directora General de la Dirección

General de Autonomía y Revinculación;

Que, por Resolución N° 395/GCABA/MDHYHGC/2022 se creó el programa "Redes por

la Inclusión" bajo la órbita de la Dirección General de Desarrollo e Inclusión Social o la

unidad de gestión que en sus funciones y misiones la reemplace, dependiente de la

Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata;

Que, la unidad de gestión que reemplaza las funciones y misiones de la mencionada

Dirección es la Dirección General de Autonomía y Revinculación, como así también la

mencionada Secretaria es actualmente la Subsecretaria de Inclusión Social y Atención

Inmediata;

Que, dentro de la descripción del Programa se estipula que la Dirección General

Desarrollo e Inclusión Social o en la que a futuro remplace diseñará, desarrollará e

implementará acciones directas, en coordinación con áreas competentes y/o en

gestión asociada con Organizaciones de la Sociedad Civil que mantengan igual criterio

de protección integral de derechos sociales de las personas en situación de

vulnerabilidad social, de conformidad con lo establecido por las Leyes N° 3.706 y

4.036 y de acuerdo a los principios establecidos en los artículos 17 y 18 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en el marco de las acciones del Programa "Redes por la Inclusión" en base a las

modalidades de inscripción y selección de las Organizaciones de la sociedad civil se

tienen en cuenta los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia e

igualdad, se delegó a la Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata como

Autoridad de Aplicación para garantizar que la postulación y la inscripción de las

Organizaciones de la sociedad civil se den en un marco de convocatoria abierta,

difundida y con plazo razonable para la presentación;

Que, por Resolución N° 184-GCABA-SECISYAI/2022, la Secretaría de Inclusión Social

y Atención Inmediata encomendó a la Dirección General de Desarrollo e inclusión

Social los llamados a las convocatorias de selección de Organizaciones de la

Sociedad Civil e instituciones afines sin fines de lucro, la creación y designación de los

integrantes de la Comisión Evaluadora y la elección de las propuestas más

convenientes, en el marco de los Lineamientos Generales del precitado Programa

"Redes por la inclusión" creado por Resolución N° 395/GCABA/MDHYHGC/2022;

Que, en la misma delegación se estableció que se publiquen las convocatorias en el

sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat y se establezca un tiempo

prudencial entre el llamado y la presentación de los proyectos, el cual no podrá ser

menor a un (1) día de publicación con tres (3) de anticipación, habilitando una casilla

de correo oficial a los efectos de la recepción de consultas, documentación y

proyectos, admitiendo la posibilidad de cursar invitaciones a potenciales

organizaciones sociales que por su reconocida idoneidad, experiencia y capacidad

técnica se les pueda confiar el cumplimiento del objeto de la convocatoria;

Que, en la Disposición N° 59/GCABA/DGDEIS/2022 en su artículo N° 1 creó una

comisión evaluadora a los efectos de analizar y recomendar, mediante la emisión de

un Dictamen fundado, las propuestas más convenientes presentadas por las

Organizaciones de Sociedad Civil e instituciones afines sin fines de lucro en las

diversas convocatorias, en el marco del Programa "Redes por la Inclusión", conforme

la Resolución N°184-GCABA-SECISYAI/2022, como así también en su artículo N° 2

designó como integrantes titulares de la Comisión Evaluadora a la Sra. Nadia Carla

Stevanovich DNI: 39322442, la Sra. Claudia Quiroga DNI: 18.551.687 y la Sra. Andrea

Valeria García Giacobino DNI: 23266013 y en su Artículo N° 3 habilito el correo oficial

redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar a los efectos de la recepción de consultas,

documentación y proyectos de las convocatorias que se realicen en el marco del

Programa "Redes por la inclusión";

Que, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires,

aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/1997, en su artículo 124

(texto consolidado por Ley N° 6.347), dispone que: "En cualquier momento podrán

rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre

que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión";

Que, desde esta instancia se toma conocimiento de dicho error y se ha intervenido a

fin de hacer las modificaciones correspondientes de los titulares de la comisión

evaluadora designados en el artículo N° 2 de la Disposición N°

59/GCABA/DGDEIS/2022 como así también, dejar solo para consultas el correo

electrónico redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar y no como recepción de

documentación y proyectos de las convocatorias que se realicen en el marco del

Programa "Redes por la inclusión" tal como lo menciona en el artículo N° 3 de la

Disposición N° 59/GCABA/DGDEIS/2022 ya que, actualmente la documentación y

proyectos de los concursos se desarrollan vía Tramites a Distancia(TAD) como lo

indica el artículo N° 2 del Decreto N° 429/13, en el cual implementa el módulo

"Tramitación a Distancia" TAD-, del Sistema de Administración de Documentos

Electrónicos SADE-, como un medio de recepción y remisión de presentaciones,

solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros, propiciados a través

de la Plataforma de Tramitación a Distancia;

Que, conforme a todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA DIRECTORA GENERAL DE AUTONOMÍA Y REVINCULACIÓN

DISPONE

Artículo 1°.- Ratifiquese los artículos N° 1 y N° 4 de la Disposición N°

59/GCABA/DGDEIS/2022.

Artículo 2°.- Déjese sin efecto el Artículo N° 2 de la Disposición N°

59/GCABA/DGDEIS/2022 que cita "Designese como integrantes titulares de la

Comisión Evaluadora a la Sra. Nadia Carla Stevanovich DNI: 39322442, la Sra.

Claudia Quiroga DNI: 18.551.687 y la Sra. Andrea Valeria García Giacobino DNI:

23266013. Las integrantes de la mentada Comisión Evaluadora no tendrán derecho a

percibir contraprestación alguna por esta función" conforme el inciso b) del artículo 19

y el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos.

Artículo 3°.- Desígnese como integrantes titulares de la Comisión Evaluadora a la Sra.

Nadia Carla Stevanovich DNI: 39.322.442, la Sra. María Verónica Vivas DNI:

30.723.505 y el Sr. Augusto Defelippe DNI: 40.392.410. Los integrantes de la mentada

Comisión Evaluadora no tendrán derecho a percibir contraprestación alguna por esta

función.

Artículo 4°.- Déjese sin efecto el Artículo N° 3 de la Disposición N°

59/GCABA/DGDEIS/2022 que cita "Habilítese el correo oficial

redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar a los efectos de la recepción de consultas,

documentación y proyectos de las convocatorias que se realicen en el marco del

Programa "Redes por la inclusión" conforme el inciso b) del artículo 19 y el artículo 124

de la Ley de Procedimientos Administrativos.

Artículo 5°.- Habilítese el correo oficial redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar a los

efectos de la recepción de consultas, en el marco de los concursos que se realicen en

el Programa "Redes por la inclusión".

Artículo 6°.- Comuníquese a la Subsecretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata.

Cumplido, archívese. Angelillo

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 284/SSISAI/24 deja sin efecto la Disposición N° 1-DGAYR/2024.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1º de la Disposición N° 1/DGAYR/24, ratifica los artículos N° 1 y N° 4 de la Disposición N° 59-DGDEIS/2022.</p><p>Artículo 2º.- Deja sin efecto el Artículo N° 2 de la Disposición N° 59/GCABA/DGDEIS/2022.</p><p>Artículo 4º.- Deja sin efecto el Artículo N° 3 de la Disposición N° 59/GCABA/DGDEIS/2022.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 152/SSISAI/24 deja sin efecto la Disposición N° 1-DGAYR/2024.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 157-SSISAI/24 deja sin efecto la Disposición 1-DGAYR/24.</p>
RATIFICADA POR
<p>Artículo 1º de la Disposición N° 90-DGAYR/24 ratifica a Nadia Carla Stevanovich y Augusto Defelippe, y rectifíquese el nombre de María Verónica Vivas por el nombre de  Nancy Adriana Defilippi. Conforme Disposición N°1/2024-DGAYR.</p>