DISPOSICIÓN 64 2005 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
Síntesis:
SEGURIDAD AMERICANA SEGAM SRL - SE LE RENUEVA LA HABILITACIÓN COMO PRESTADORA DE SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA Y CUSTODIAS PERSONALES, CON AUTORIZACIÓN DE USO DE ARMAS
Publicación:
02/05/2005
Sanción:
19/04/2005
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
Visto la Ley N° 118 (B.O. N° 607) y sus modificatorias, los Decretos N° 1.133-GCABA/01 (B.O. N° 1260) y N° 627-GCBA/02 (B.O. N° 1470), la Disposición N° 63-DGSSP/04 y la Carpeta N° 237-DGSSP/02 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 63-DGSSP/04 de fecha 19/3/04, la empresa Seguridad Americana Segam S.R.L., con domicilio real y constituido en la Av. Rivadavia 5427, 2° piso, oficina D de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada por el término de un año, para prestar servicios de vigilancia privada y custodias personales, con autorización para el uso de armas, en los términos de las Leyes Nros. 118 y 963 y el Decreto N° 1.133-GCBA/01;
Que con fecha 17/3/05, la firma antes mencionada, solicitó la renovación de dicha habilitación para el período comprendido entre el 19/3/05 y el 18/3/06;
Que la requirente ha designado director técnico en los términos de los arts. 14 y concordantes de la mencionada ley, al señor Norberto Francisco Barbalace, DNI 10.088.049;
Que asimismo se ha dado cumplimiento al pago de los aranceles pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 627-GCBA/02;
Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección General encontrarse inscripta como usuario colectivo, conforme Dictamen N° 14.970 de fecha 26/11/03, recaído en Legajo/Expediente N° 9.760.843 del Registro Nacional de Armas;
Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la renovación de la habilitación de la firma interesada, conforme lo establece el art. 18 inc. a) de la Ley N° 118;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por las Leyes Nros. 118 y 963 y por el Decreto N° 1.133-GCBA/01, para concederle la renovación solicitada;
Por ello, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 118, modificada por Ley N° 963 y su Decreto Reglamentario N° 1.133-GCBA/01 y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1° - Renuévese a partir del día 19/3/05 y por el término de un año, la habilitación concedida a la empresa Seguridad Americana Segam S.R.L. por Disposición N° 63-DGSSP/04 para desempeñarse como prestadora de servicios de vigilancia privada y custodias personales, con autorización de uso de armas, conforme lo dispuesto en las Leyes Nros. 118 y 963 y su Decreto Reglamentario N° 1.133-GCBA/01.
Artículo 2° - Déjase constancia que la renovación por el período comprendido entre el 19/3/06 y el 18/3/07, deberá solicitarse con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente.
Artículo 3° - Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la renovación otorgada por el presente acto administrativo.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento, pase a las Subsecretarías de Seguridad Urbana y de Control Comunal, y hágase saber al Registro Nacional de Armas y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese.