RESOLUCIÓN 15 2023 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
RECTIFICA - RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA N° 13-MHGC-MJGGC/23 - SUBSECRETARÍAS - DIRECCIONES GENERALES - SUPLEMENTO POR FUNCIÓN EJECUTIVA - NIVEL
Publicación:
19/01/2024
Sanción:
22/12/2023
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO: La Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires -DNU N° 1510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.588), la Ley N° 6.684, los
Decretos Nros. 387/23 y 392/23, la Resolución de Firma Conjunta N° 13/MJGGC/23, y
el Expediente Electrónico N° 45743065-GCABA-SSGRH/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose las
responsabilidades primarias de cada una de las unidades de organización y se fijaron
las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 392/23 se estableció los parámetros para la asignación de los
niveles de criticidad de las áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, y creando el "Suplemento por Responsabilidad en el Cargo" y el "Suplemento
por Función Ejecutiva",
Que, el Decreto mencionado precedentemente, establece en su Anexo I los niveles de
criticidad para Subsecretarios/as y Directores/as Generales;
Que, asimismo, por dicho texto normativo se ha delegado en el Ministro de Hacienda y
Finanzas y en el Jefe de Gabinete de Ministros, la facultad de determinar
conjuntamente aquellos cargos que percibirán el "Suplemento por Función Ejecutiva" y
su correspondiente nivel;
Que mediante la Resolución de firma Conjunta N° 13-MJGGC/23 suscripta entre el
Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Jefatura de Gabinete de Ministros, se
determinaron las Subsecretarías que percibirán el "Suplemento por Función Ejecutiva"
y el nivel correspondiente, las Direcciones Generales que percibirían el "Suplemento
por Función Ejecutiva" y el nivel correspondiente, como así también las Direcciones
Generales correspondientes al nivel III;
Que habiéndose detectado un error material involuntario en los Anexos I, II y III de la
precitada Resolución Conjunta, corresponde dictar el acto administrativo que rectifique
la misma;
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires indica que en cualquier momento podrán rectificarse los errores
meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere
lo sustancial del acto o decisión;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo
correspondiente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 392/23,
Artículo 1°.- Rectificar el artículo 2° de la Resolución de firma Conjunta N° 13-
MJGGC/23, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2°.- Determinar las Subsecretarías que percibirán el "Suplemento por Función
Ejecutiva" y el nivel correspondiente que, como Anexo I (IF-2023-46771023-GCABA-
SSGRH) forma parte integrante de la presente."
Artículo 2°.- Rectificar el artículo 3° de la Resolución de firma Conjunta N° 13-
MJGGC/23, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 3°.- Determinar las Direcciones Generales que percibirán el "Suplemento por
Función Ejecutiva" y el nivel correspondiente que, como Anexo II (IF-2023-46771087-
GCABA-SSGRH) forma parte integrante de la presente."
Artículo 3°.- Rectificar el artículo 4° de la Resolución de firma Conjunta N° 13-
MJGGC/23 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 4°.- Determinar las Direcciones Generales correspondientes al nivel III, que
como Anexo III (IF-2023-46982733-GCABA-SSGRH) forma parte integrante de la
presente."
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Desarrollo del Servicio Civil, Administración y Liquidación de Haberes y
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto todas dependientes del Ministerio de
Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Grindetti - Arengo Piragine