RESOLUCIÓN 17 2023 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SUSTITUYE - ANEXO II - ANEXO III -  RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 13-MJGGC/23 - SUPLEMENTO POR FUNCIÓN EJECUTIVA 

Publicación:

19/01/2024

Sanción:

29/12/2023

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO: La Ley N° 6.684, los Decretos Nros. 387/23 y modificatorios y 392/23, las

Resoluciones de Firma Conjunta N° 13-MJGGC/23 y su rectificatoria 15-MJGGC/23, y

el Expediente Electrónico N° 47515656-GCABA-DGDSCIV/23, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose las

responsabilidades primarias de cada una de las unidades de organización y se fijaron

las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 392/23 estableció los parámetros para la asignación de los niveles

de criticidad de las áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

creando el "Suplemento por Responsabilidad en el Cargo" y el "Suplemento por

Función Ejecutiva";

Que, además el mencionado Decreto, establece en su Anexo I los niveles de criticidad

para Subsecretarios/as y Directores/as Generales;

Que, por el artículo 6° del Decreto N° 392/23 se delegó en el Ministro de Hacienda y

Finanzas y en el Jefe de Gabinete de Ministros, la facultad de determinar

conjuntamente aquellos cargos que percibirán el "Suplemento por Función Ejecutiva" y

su correspondiente nivel;

Que mediante la Resolución de firma Conjunta N° 13-MJGGC/23 suscripta entre el

Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Jefatura de Gabinete de Ministros, se

determinaron las Subsecretarías que percibirán el "Suplemento por Función Ejecutiva"

y el nivel correspondiente, las Direcciones Generales que percibirían el "Suplemento

por Función Ejecutiva" y el nivel correspondiente, como así también las Direcciones

Generales correspondientes al nivel III;

Que asimismo mediante Resolución de firma Conjunta N° 15-MJGGC/23 se

rectificaron los Anexos I, II y III de la precitada Resolución Conjunta en virtud de

haberse detectado diversos errores materiales;

Que posteriormente, con el objeto de reorganizar las responsabilidades primarias de

las Unidades Organizativas, se realizaron modificaciones de la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión;

Que conforme lo expuesto es menester sustituir el Anexo II (IF-2023-46771087-

GCABA-SSGRH) detallado en el artículo 3°, y el Anexo III (IF-2023-46982733-GCABA-

SSGRH) detallado en el artículo 4° de la Resolución Conjunta N° 13-MJGGC/23, por

los Anexos IF-2023-47496598-GCABA-SSGRH y IF-2023-47518897-GCABA-SSGRH,

respectivamente, a fin de readecuarla a la nueva estructura orgánico funcional del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo

correspondiente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 392/23,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Sustituir el Anexo II identificado como IF-2023-46771087-GCABA-SSGRH

del artículo 3° de la Resolución Conjunta N° 13-MJGGC/23 por el Anexo identificado

como IF-2023-47496598-GCABA-SSGRH, que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2°.- Sustituir el Anexo III identificado como IF-2023-46982733-GCABA-

SSGRH del artículo 4° de la Resolución Conjunta N° 13-MJGGC/23 por el Anexo

identificado como IF-2023-47518897-GCABA-SSGRH, que a todos sus efectos forma

parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Desarrollo del Servicio Civil, Administración y Liquidación de Haberes y

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto todas dependientes del Ministerio de

Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Arengo Piragine - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6796 - Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6796 - Anexo II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 17-MJGGC-MHFGC/23 sustituye el Anexo II identificado como IF-2023-46771087-GCABA-SSGRH del artículo 3° de la Resolución Conjunta N° 13-MJGGC-MHFGC/23.</p><p>Artículo 2° sustituye  el Anexo III identificado como IF-2023-46982733-GCABASSGRH del artículo 4°.</p>