DECRETO 1 2024 PRESIDENCIA DE LA LEGISLATURA

Síntesis:

PROPONE CANDIDATA - VICTORIA INÉS ROLDÁN MÉNDEZ - TITULAR - ÓRGANO GARANTE DEL DERECHO AL ACCESO A LA INFORMACIÓN - LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CONVOCA - CIUDADANOS/AS - ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES - COLEGIOS - ASOCIACIONES PROFESIONALES - ENTIDADES ACADÉMICAS -  AUDIENCIA PÚBLICA - 27 DE FEBRERO DE 2024 - SEDE DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - 14 HORAS - DESIGNA COMO PRESIDENTE DE LA AUDIENCIA PÚBLICA - PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES DE LA LEGISLATURA

Publicación:

23/01/2024

Sanción:

17/01/2024

Organismo:

PRESIDENCIA DE LA LEGISLATURA


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 104

y 6 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto N° 9/VP/2024, el Reglamento

de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Expediente N° 2335209-

SA-2023, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la designación de quien ocupará el cargo

vacante de titular del Órgano Garante del Derecho al Acceso a la Información Pública

de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que por los artículos 27 y 28 de la Ley N° 104, se establece el procedimiento de

designación del titular del Órgano Garante, así como los requisitos e

incompatibilidades para ser designado/a titular del mismo.

Que conforme el artículo 27 de la Ley N° 104, la máxima autoridad de cada poder

propondrá una (1) persona a los fines de cubrir el cargo de titular del Órgano Garante

del Derecho de Acceso a la Información.

Que la designación del titular en el cargo antes citado tiene una duración de cinco (5)

años, de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 de la Ley N° 104, que en su parte

pertinente dice:"(...) El titular del Órgano Garante durará cinco (5) años en su cargo,

pudiendo ser ratificado por un periodo más".

Que, en este sentido, mediante el Decreto N° 9/VP/2024, el Vicepresidente Primero

propone a la Lic. Victoria Inés Roldán Méndez (D.N.I. N° 32.123.972 - Legajo N°

20172), como candidata al cargo de titular del Órgano Garante del Derecho al Acceso

a la Información en el ámbito de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, en los términos y con sujeción a los procedimientos y requisitos establecidos en

la Ley N° 104.

Que asimismo, el artículo 27 de la Ley N° 104 establece el llamado a Audiencia

Pública a efectos de evaluar las observaciones a la candidatura de la persona

propuesta por parte de los/las ciudadanos/as, las organizaciones no gubernamentales,

los colegios, las asociaciones profesionales y entidades académicas, para lo cual se

publicará el nombre, apellido y los antecedentes curriculares de la misma en el Boletín

Oficial y en dos (2) diarios de gran circulación durante tres (3) días hábiles.

Que conforme ello, atento el procedimiento reglado por la Ley N° 104, así como las

previsiones de la Ley N° 6 respecto de audiencia pública, corresponde proceder con

las publicaciones ordenadas en el artículo 27 de la citada ley y designación fecha de

celebración de la audiencia pública.

Que en este contexto y en virtud de las previsiones de la Ley N° 6, se debe convocar a

una audiencia pública.

Que la Presidencia de la Legislatura de la Ciudad, es la autoridad convocante y

preside las Audiencias Públicas, estando asimismo facultada a designar como

reemplazantes a los/as Vicepresidentes/as del Cuerpo, en su orden, o a el/la

Presidente/a o Vicepresidente/a de la Comisión o Junta competente, en su orden.

Que el presente acto se emite en orden a las facultades conferidas a la Presidencia

por el artículo 71 de la CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, por el artículo 84 del REGLAMENTO DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y por el artículo 11 de la Ley N° 6.

Por ello,

LA PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Se propone a la Lic. Victoria Inés Roldán Méndez (D.N.I. N°

32.123.972 - Legajo N° 20172), como candidata al cargo de titular del Órgano Garante

del Derecho al Acceso a la Información en el ámbito de la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en los términos y con sujeción a los procedimientos y

requisitos establecidos en la Ley N° 104.

ARTÍCULO 2°.- Publíquese aviso por tres (3) días hábiles en el Boletín Oficial de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en dos (2) diarios de gran circulación del nombre,

apellido y los antecedentes curriculares de la candidata propuesta en el artículo 1° del

presente, conforme los requisitos del artículo 27 de la Ley N° 104 y de acuerdo a lo

establecido en el Anexo I que forma parte integrante de este decreto.

ARTÍCULO 3°.- La recepción de observaciones conforme el artículo 27 de la Ley N°

104 comenzará el día 31 de enero de 2024 y finalizará el día 22 de febrero de 2024.

Los interesados podrán presentar dichas observaciones en la Dirección General de

Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura de la Ciudad, que atiende al

público de lunes a viernes de 10 a 17 horas, en calle Perú 160, primer piso, oficina

110, teléfono 4338-3151.

ARTÍCULO 4°.- Se convoca a los ciudadanos/as, las organizaciones no

gubernamentales, los colegios, las asociaciones profesionales y entidades académicas

a la Audiencia Pública prevista en el artículo 27 de Ley N° 104, para el día 27 de

febrero de 2024 en la sede de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

sita en Perú 160, a las 14 horas.

ARTÍCULO 5°.- La Audiencia Pública se organizará de conformidad a lo establecido en

la Ley N° 6, en todo aquellos que corresponda y no esté regulado por el artículo 27 de

la Ley N° 104.

ARTÍCULO 6°.- Se designa como presidente de la Audiencia Pública al Presidente de

la Comisión permanente de Asuntos Constitucionales de la Legislatura.

ARTÍCULO 7°.- Los gastos que demande la Audiencia Pública serán imputados a las

partidas presupuestarias correspondientes.

ARTÍCULO 8°.- Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y,

oportunamente, archívese. Muzzio Schillagi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6798