DECRETO 70 2024
Síntesis:
DESIGNA - A PARTIR DEL 10 DE DICIEMBRE DE 2023 - MATÍAS LEONARDO MAHIA - TITULAR - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) AUTÓDROMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - SECRETARÍA DEPORTES - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
25/01/2024
Sanción:
24/01/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, el Expediente
Electrónico N° 4454159-GCABA-SECD/24, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Autódromo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, Organismo Fuera de Nivel, bajo la órbita de la Secretaría
Deportes de la citada Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, en consecuencia, el señor Jefe de Gabinete de Ministros propicia la designación,
a partir del 10 de diciembre de 2023, del señor Matías Leonardo Mahia, D.N.I. N°
27.925.193, C.U.I.L. N° 20-27925193-9, como Titular de la Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) Autódromo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Organismo
Fuera de Nivel, bajo la órbita de la Secretaría Deportes;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, al señor Matías Leonardo
Mahia, D.N.I. N° 27.925.193, C.U.I.L. N° 20-27925193-9, como Titular de la Unidad de
Proyectos Especiales (UPE) Autódromo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Organismo Fuera de Nivel, bajo la órbita de la Secretaría Deportes de la Jefatura de
Gabinete de Ministros.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos
remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. MACRI -
Arengo Piragine p/p