DECRETO 76 2024
Síntesis:
DESIGNA - GABRIEL MAXIMILIANO SAHONERO - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y TERRITORIAL - SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT
Publicación:
29/01/2024
Sanción:
26/01/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, el Expediente
Electrónico N° 47349405-GCABA-MDHYHGC/23, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Dirección General Desarrollo Institucional y Territorial dependiente
de la Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano del citado Ministerio;
Que, el señor Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat propicia la designación, a partir
del 1° de enero de 2024, del señor Gabriel Maximiliano Sahonero, D.N.I. N°
31.190.222, C.U.I.L. N° 23-31190222-9, como Director General de la Dirección
General de Desarrollo Institucional y Territorial dependiente de la Subsecretaria de
Desarrollo del Potencial Humano del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de enero de 2024, al señor Gabriel Maximiliano
Sahonero, D.N.I. N° 31.190.222, C.U.I.L. N° 23-31190222-9, como Director General de
la Dirección General de Desarrollo Institucional y Territorial dependiente de la
Subsecretaria de Desarrollo del Potencial Humano del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat, reteniendo sin percepción de haberes la partida correspondiente.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588). Comuníquese a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese. MACRI - Mraida - Arengo
Piragine p/p