DECRETO 79 2024

Síntesis:

DESIGNA - TITULAR - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - JULIETA MORA MIRAGAYA - COORDINACIÓN DE ENLACE ELECTORAL - SUBSECRETARÍA RELACIONES GUBERNAMENTALES - MINISTERIO DE JUSTICIA

Publicación:

30/01/2024

Sanción:

29/01/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, y el Expediente

Electrónico N° 5152669-GCABA-MJGC/24, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Justicia;

Que por su parte, el Decreto N° 387/23 aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándo al Organismo Fuera de Nivel Coordinación de Enlace Electoral bajo la

órbita de la Subsecretaría Relaciones Gubernamentales del citado Ministerio;

Que, en consecuencia, el señor Ministro de Justicia propicia la designación, a partir del

10 de diciembre de 2023, de la señora Julieta Mora Miragaya, D.N.I. N° 29.150.010,

C.U.I.L. N° 27-29150010-8, como Titular del Organismo Fuera de Nivel Coordinación

de Enlace Electoral bajo la órbita de la Subsecretaría Relaciones Gubernamentales del

Ministerio de Justicia;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, a la señora Julieta Mora

Miragaya, D.N.I. N° 29.150.010, C.U.I.L. N° 27-29150010-8, como Titular del

Organismo Fuera de Nivel Coordinación de Enlace Electoral bajo la órbita de la

Subsecretaría Relaciones Gubernamentales del Ministerio de Justicia.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y por

el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a la interesada, dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás

efectos, remítase al Ministerio de Justicia. Cumplido, archívese. MACRI - Tapia -

Arengo Piragine p/p