DECRETO 87 2024
Síntesis:
DESIGNA FUNCIONARIOS - DIRECTORIO - MINISTERIO DESARROLLO HUMANO Y HABITAT - CORPORACION BUENOS AIRES SUR S.E LEY N° 470 - MATÍAS DANIEL MIGUEL PANTANALI - VICEPRESIDENTE - JUAN MARÍA FURNARI - SÍNDICO TITULAR - BENIGNO EMILIO RAPOSO VARELA - LUIS HÉCTOR DE PACE - JUAN ELÍAS AMADO - VANINA JANECK - NICOLÁS SEBASTIÁN BARI - VOCALES TITULARES
Publicación:
02/02/2024
Sanción:
01/02/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 470 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, el Decreto
N° 387/23 y modificatorios, 1.814/00 y modificatorios, el Expediente Electrónico N°
01717298-GCABA-CBAS/24, y
CONSIDERANDO:
Que por artículo 2° de la Ley N° 470 se creó la sociedad del estado denominada
Corporación Buenos Aires Sur, estableciendo en su artículo 10 que "La dirección y
administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por un
Presidente, un Vicepresidente, cinco Vocales titulares y cinco Vocales suplentes";
Que por Decreto N° 1.814/00 y modificatorios se aprobó el Estatuto de la citada
Sociedad del Estado, estableciendo en su artículo 11 que el término del mandato de
los miembros del Directorio será de dos (2) ejercicios regulares, siendo reelegibles sin
limitación alguna, debiendo todos los miembros titulares y suplentes ser designados
por el Poder Ejecutivo de la Ciudad en su carácter de único accionista;
Que por la Ley N° 6684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando al Organismo Fuera de Nivel Corporación Buenos Aires Sur S.E. Ley
470 bajo la órbita del citado Ministerio;
Que, en consecuencia, el señor Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat propicia las
designaciones de las personas que se indican en el Anexo I (IF-2024-05713579-
GCABA-MDHYHGC), en los cargos y condiciones que allí se detallan que, a todos sus
efectos, forma parte integrante del presente;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar a las personas detalladas en el Anexo I (IF-2024-05713579-
GCABA-MDHYHGC) el que a todos los efectos forma parte integrante del presente, en
los cargos y condiciones que allí se establecen.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588).
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto ambas del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio
de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese. MACRI - Mraida - Grindetti