DECRETO 99 2024
Síntesis:
RATIFICA - PROCURADOR GENERAL ADJUNTO DE DICTÁMENES - FERNANDO MARTÍN OCAMPO - PROCURADOR GENERAL ADJUNTO DE ASUNTOS INSTITUCIONALES Y EMPLEO PÚBLICO - SERGIO RUBÉN BRODSKY - DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS COMUNALES Y DEL ESPACIO PÚBLICO - DANIEL AGUSTÍN PRESTI - DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL - LUCAS LISANDRO TARUCELLI - ESTABLECE - A PARTIR DEL 1° DE FEBRERO DE 2024 Y HASTA TANTO SEA DESIGNADO EL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD - FUNCIONES DE ESTE ESTARÁN A CARGO DEL PROCURADOR GENERAL ADJUNTO DE DICTÁMENES - FERNANDO MARTÍN OCAMPO
Publicación:
14/02/2024
Sanción:
08/02/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros
400/17 y sus modificatorios, 400/23, 96/24, el Expediente Electrónico N° 06702288-
GCABA-DGTALPG/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1.218 fija las obligaciones, deberes, atribuciones y competencias de la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la mencionada Ley establece que la Procuración General estará
integrada por el Procurador General, hasta dos Procuradores Generales Adjuntos,
funcionarios con jerarquía de Directores Generales y los miembros del plantel de
abogados de la Procuración General y los consultores técnicos, auxiliares técnicos y/o
jurídicos, operativos y demás personal de apoyo;
Que mediante Decreto N° 96/24, se modificó, a partir del 1° de febrero de 2024, la
estructura organizativa de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, por el artículo 4° del mentado Decreto se modificaron la denominación y las
responsabilidades primarias de la Procuración General Adjunta Asuntos Fiscales y
Responsabilidad Estatal y de la Procuración General Adjunta Asuntos Institucionales y
Empleo Público, las que pasaron a denominarse Procuración General Adjunta
Dictámenes y Procuración General Adjunta Asuntos Judiciales, respectivamente;
Que, asimismo, por artículo 7°, se crearon la Dirección General Asuntos Judiciales
Generales, la Dirección General Asuntos Judiciales Tributarios y Fiscales, y la
Dirección General Asuntos Judiciales del Empleo Público, todas dependientes de la
Procuración General Adjunta Asuntos Judiciales;
Que, además, por los artículos 10 y 11 se modificaron las responsabilidades primarias
y la dependencia de la Dirección General Asuntos Comunales y del Espacio Público, y
de la Dirección General Sumarios;
Que a su vez mediante Decreto N° 400/23 se estableció que, a partir del 10 de
diciembre de 2023, y hasta tanto sea designado el Procurador General de la Ciudad
de Buenos Aires, las funciones de éste estarán a cargo del Procurador General
Adjunto de Asuntos Fiscales y Responsabilidad Estatal, Dr. Fernando Martín Ocampo;
Que en virtud de las modificaciones efectuadas en la estructura organizativa de la
Procuración General de la Ciudad, corresponde ratificar, a partir del 1° de febrero de
2024 a las personas que se detallan en el Anexo I (IF-2024-06703337-GCABA-PG), en
los cargos y condiciones que se detallan en el mismo y establecer que, a partir del 1°
de febrero de 2024 y hasta tanto sea designado el Procurador General de la Ciudad de
Buenos Aires, las funciones de éste estarán a cargo del Procurador General Adjunto
de Dictámenes, Dr. Fernando Martín Ocampo;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar la norma pertinente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Ratificar, a partir del 1° de febrero de 2024, a las personas que se detallan
en el Anexo I (IF-2024-06703337-GCABA-PG), el que a todos los efectos forma parte
integrante del presente, en los cargos y condiciones que se detallan en el mismo.
Artículo 2°.- Establecer que a partir del 1° de febrero de 2024 y hasta tanto sea
designado el Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires, las funciones de este
estarán a cargo del Procurador General Adjunto de Dictámenes, Dr. Fernando Martín
Ocampo, DNI 20.592.473, C.U.I.L. N° 20-20592473-7, ratificado a través del presente
Decreto, en virtud de lo establecido en el artículo 8° de la Ley N° 1.218.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por la Ley N° 6.588).
Comuníquese a la Dirección General de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, ambas dependientes del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Oficina de Integridad Pública, y, para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti