RESOLUCIÓN 220 2024 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
RECTIFICA ART 2° RESOLUCIÓN N° 216-CDNNYA-24 - APRUEBA MONTOS ASIGNADOS EN CONCEPTO DE CAJA CHICA COMÚN - DISTINTAS ÁREAS - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Publicación:
19/02/2024
Sanción:
14/02/2024
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (texto
consolidado por Ley N° 6.588), la Resolución N° 216-GCABA-CDNNYA/24, el
Expediente Electrónico N° 06345857-GCABA-DGLTACDN/24, y
CONSIDERANDO:
Que, por las consideraciones vertidas precedentemente, se dictó la Resolución N°
216-GCABA-CDNNYA/24 por la que se dejó sin efecto las Resoluciones N° 1.038-
GCABA-CDNNyA/22, N° 1.074-GCABA-CDNNyA/22, N° 1.192-GCABA-CDNNyA/22,
N° 865-GCABA-CDNNyA/23, N° 867-GCABA-CDNNyA/23 y N° 890-GCABA-
CDNNyA/23 y se aprueban los montos asignados en concepto de Caja Chica Común a
las distintas áreas de este Consejo, conforme lo propiciado por la Dirección General
Legal, Técnica y Administrativa del organismo;
Que posterior a la suscripción de la resolución precitada, se detectó que la sigla del
Anexo aprobado por el artículo 2.-) de la Resolución N° 216-GCABA-CDNNYA/24 se
consignó erróneamente, siendo el correcto CDNNYA;
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires establece que en cualquier momento podrán rectificarse
los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la
enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes N° 114, y el Decreto N°
478/23,
Artículo 1°.- Rectificar el artículo 2.-) de la Resolución N° 216-GCABA-CDNNYA/24, el
que debe decir "Aprobar los montos asignados en concepto de Caja Chica Común a
las distintas áreas de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,
de conformidad con el Anexo IF-2024-07246521-GCABA-CDNNYA, que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente".
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial. Comunicar a la Dirección Operativa de
Articulación Institucional Área Presidencia, A la Vicepresidencia, a la Dirección
General de Servicios de Atención Permanente, a la Dirección General de Programas
Descentralizados, a la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas, a la
Dirección General Legal, Técnica Administrativa, a la Dirección General de
Responsabilidad Penal Juvenil y a la Unidad de Auditoría Interna, todas ellas de este
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, las que deberán comunicar
la presente a las áreas bajo su dependencia. Pase a la Dirección Operativa de Gestión
Financiera, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, para
parasu conocimiento y demás efectos. Onco