DECRETO 114 2024

Síntesis:

DESIGNA - A PARTIR DEL 1° DE FEBRERO DE 2024 - RAÚL NÉSTOR BARRUECO - DIRECTOR ADJUNTO - DIRECCIÓN ADJUNTA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. TEODORO ÁLVAREZ - SUBSECRETARÍA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

20/02/2024

Sanción:

19/02/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, el Expediente

Electrónico N° 05583257-GCABA-DGAYDRH/24, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 6684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Salud;

Que, por Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando la Dirección Adjunta de Gestión Administrativa del Hospital General de

Agudos "Dr. Teodoro Álvarez" bajo la órbita de la Subsecretaría Administración del

Sistema de Salud del citado Ministerio;

Que, en consecuencia, encontrándose vacante dicho cargo, el señor Ministro de Salud

propicia la designación del señor Raúl Néstor Barrueco, D.N.I N° 17.233.430, C.U.I.L.

N° 20-17233430-0, a partir del 1° de febrero de 2024, como Director Adjunto de la

Dirección Adjunta de Gestión Administrativa del Hospital General de Agudos "Dr.

Teodoro Álvarez";

Que conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°. - Designar, a partir del 1° de febrero de 2024, al señor Raúl Néstor

Barrueco, D.N.I N° 17.233.430, C.U.I.L. N° 20-17233430-0, como Director Adjunto de

la Dirección Adjunta de Gestión Administrativa del Hospital General de Agudos "Dr.

Teodoro Álvarez" dependiente de la Subsecretaría Administración del Sistema de

Salud del Ministerio de Salud, reteniendo sin percepción de haberes la partida

correspondiente.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Salud y por el

señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en

el artículo 14 de la Ley N° 6357 (texto consolidado según Ley N° 6588). Comuníquese

a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina

de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, a la Oficina de Integridad Pública y para su conocimiento y demás efectos

remítase a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos del

Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. MACRI - González Bernaldo de Quirós -

Grindetti