RESOLUCIÓN 1906 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - COMISIÓN CENTRAL - ACTA N° 2/24 - SUSCRIPTA - 16 DE FEBRERO DE 2024 - REPRESENTANTES - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (SUTECBA) - INCREMENTO REMUNERATIVO MES DE FEBRERO 2024 - ADICIONALES - SUMA FIJA

Publicación:

28/02/2024

Sanción:

23/02/2024

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 471 -Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (t.c. por Ley N° 6.588), el Decreto N° 465/04, el

Acta de Negociación Colectiva - Comisión Central - Acta N° 02/2024, el Expediente

Electrónico N° 2024-08067874-GCABA-DGTALMHF y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 16 de febrero de 2024, se celebró el Acta de Negociación Colectiva -

Comisión Central - Acta N° 02/2024, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos

Aires (SUTECBA);

Que los representantes del GCABA y del SUTECBA acuerdan en la Cláusula Primera,

otorgar a los/as agentes de la Carrera de Especialidades Técnico Profesionales de la

Salud, de la Carrera de Profesionales de la Enfermería (CAPE) y de la Carrera de

Administrativa (homologada por la Resolución N° 20/MHGC/14, texto ordenado por la

Resolución N° 2.026/MHGC/22), un incremento remunerativo correspondiente al mes

de Febrero del 2024 del dieciséis por ciento (16%) sobre los haberes del mes de

diciembre de 2023 de su agrupamiento (en caso de corresponder), tramo y grado, todo

ello conformidad con el Anexo I de la presente acta.

Que en la Cláusula Segunda acuerdan otorgar a los/as agentes de los escalafones

especiales y residuales del Decreto N°583/05, a los/las trabajadores que se

encuentran revistando en las Plantas Transitorias creadas en el marco del artículo 54

de la Ley N° 471, un incremento remunerativo correspondiente al mes de Febrero del

2024 del dieciséis por ciento (16 %) sobre los haberes del mes de diciembre de 2023.

Que en la Cláusula Tercera, se acuerda otorgar un incremento de los adicionales

consignados en los Anexos II y III, según los valores detallados en los mismos.

Que en la Cláusula Cuarta, las partes acuerdan el pago de una suma fija de Pesos

veinticinco mil ($ 25.000) a abonarse a partir de los haberes de febrero 2024,

estableciéndose asimismo en la Cláusula Quinta, que las contribuciones establecidas

en la Ley N°472 correspondientes a Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires,

estarán a cargo del empleador.

Que asimismo, en la Cláusula Sexta, las partes acuerdan volver a reunirse durante el

mes de marzo de 2024 a efectos de realizar un análisis de la evolución de los índices

inflacionarios a fin de aplicar, en caso de corresponder, posibles correcciones

salariales.

Que por último, en la Cláusula Séptima El Secretario General de SUTECBA solicita al

ejecutivo que la suma fija implementada partir del 1° de febrero se convierta a

remunerativa durante el transcurso del presente año, a lo que el ejecutivo contestó que

de acuerdo a la disponibilidad de las partidas presupuestarias del presente año

accederá lo solicitado precedentemente.

Que las Direcciones Generales de Planificación y Control Operativo, y Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, tomaron intervención, informando ambas que la

presente actuación se encuentra contemplada dentro de las Políticas de Recursos

Humanos, y que el costo asciende a la suma de Pesos Ochenta y dos mil doscientos

cincuenta y nueve millones quinientos diecinueve mil ochocientos noventa y cuatro ($

82.259.519.894);

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471 (texto

consolidado por Ley N° 6017), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación

Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el

acto administrativo respectivo;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumente el Acta de Negociación Colectiva - Comisión Central N° 02/2024;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Colectiva - Comisión Central - Acta

N° 02/2024, suscripta el día 16 de febrero de 2024 entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como

Anexo (IF-2024-08071122-GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Dirección General de Contaduría General, a la Subsecretaria de Gestión de Recursos

Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6823

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 1906-MHFGC/24 apueba el Acta de Negociación Colectiva - Comisión Central - Acta Nº 02/2024.</p>