RESOLUCIÓN 6 2024 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
MODIFICA - RESOLUCIÓN N° 13-MJGGC-2023 - DETERMINA - SUBSECRETARÍAS - DIRECCIONES GENERALES - QUE PERCIBIRÁN - SUPLEMENTO POR FUNCIÓN EJECUTIVA - DIRECCIONES GENERALES NIVEL III - REMUNERACIONES - AUTORIDADES SUPERIORES
Publicación:
06/03/2024
Sanción:
01/03/2024
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO: La Ley N° 6.684, los Decretos Nros. 387/23 y modificatorios y 392/23, la
Resolución de Firma Conjunta N° 13-MJGGC/23 y su modificatoria N° 2/MJGGC/24 y
el Expediente Electrónico N° 07952140-GCABA-DGDSCIV/24, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose las
responsabilidades primarias de cada una de las unidades de organización y se fijaron
las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 392/23 estableció los parámetros para la asignación de los niveles
de criticidad de las áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
creando el "Suplemento por Responsabilidad en el Cargo" y el "Suplemento por
Función Ejecutiva";
Que, además, el mencionado Decreto establece en su Anexo I los niveles de criticidad
para Subsecretarios/as y Directores/as Generales;
Que mediante el artículo 6° del citado Decreto se delegó en el Ministro de Hacienda y
Finanzas y en el Jefe de Gabinete de Ministros, la facultad de determinar
conjuntamente aquellos cargos que percibirán el "Suplemento por Función Ejecutiva" y
su correspondiente nivel;
Que mediante la Resolución de firma Conjunta N° 13-MJGGC/23 y su modificatoria N°
2-MJGGC/24, suscriptas entre el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Jefatura de
Gabinete de Ministros, se determinaron las Subsecretarías que percibirían el
"Suplemento por Función Ejecutiva" y el nivel correspondiente, las Direcciones
Generales que percibirían el "Suplemento por Función Ejecutiva" y el nivel
correspondiente, como así también las Direcciones Generales correspondientes al
nivel III;
Que teniendo en cuenta las nuevas modificaciones de estructura y que la actual
administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por
objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia
de su gestión, corresponde modificar la nómina de Direcciones Generales
correspondientes al nivel I, II y III;
Que conforme lo expuesto es menester sustituir los Anexo II (IF-2023-47496598-
GCABA-SSGRH) y Anexo III (IF-2024-05241740-GCABA-DGDSCIV) detallados en los
artículos 3° y 4° de la Resolución Conjunta N° 13-MJGGC/23, por los Anexos II IF-
2024-08930293-GCABA-DGDSCIV y Anexo III IF-2024-08930783-GCABA-DGDSCIV,
a fin de readecuarla a la nueva estructura orgánico funcional del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo
correspondiente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 392/23,
Artículo 1°.- Sustituir, a partir del 1° de febrero de 2024, el Anexo II identificado como
IF-2023-47496598-GCABA-SSGRH del artículo 3° de la Resolución Conjunta N° 13-
MJGGC/23 y modificatoria por el Anexo III identificado como IF-2024-08930293-
GCABA-DGDSCIV, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Sustituir, a partir del 1° de febrero de 2024, el Anexo III identificado como
IF-2024-05241740-GCABA-DGDSCIV del artículo 4° de la Resolución Conjunta N° 13-
MJGGC/23 y modificatoria por el Anexo III identificado como IF-2024-08930783-
GCABA-DGDSCIV, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Desarrollo del Servicio Civil, Administración y Liquidación de Haberes y
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, todas dependientes del Ministerio de
Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Cumplido, archívese. Arengo Piragine - Grindetti