DECRETO 1 2024

Síntesis:

INTEGRANTES - COMISIONES Y JUNTAS DE ASESORAMIENTO PERMANENTE - LEGISLATURA - PLANEAMIENTO URBANO - EDUCACION - CIENCIA Y TECNOLOGIA - SALUD - OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - NIÑEZ ADOLESCENCIA Y JUVENTUD - MUJERES  GÉNEROS Y DIVERSIDADES - SEGURIDAD - VIVIENDA - CULTURA - DERECHOS HUMANOS  GARANTÍAS Y ANTIDISCRIMINACIÓN - DESARROLLO ECONÓMICO MERCOSUR Y POLÍTICAS DE EMPLEO - DESCENTRALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA - JUSTICIA - AMBIENTE - POLITÍCAS DE PROMOCIÓN E INTGRACIÓN SOCIAL - PERSONAS MAYORES - PROTECCIÓN Y USO DEL ESPACIO PÚBLICO RELACIONES INTERJURISDICCIONALES - TRANSITO Y TRANSPORTE - TURISMO Y DEPORTE - JUNTA DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO - LEGISLACIÓN DEL TRABAJO - LEGISLACIÓN GENERAL - DISCAPACIDAD - DEFENSA DE CONSUMIDORES Y USUARIOS -  COMUNICACIÓN SOCIAL MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y TECNOLOGÍAS DE LA COMUNICACIÓN

Publicación:

12/03/2024

Sanción:

07/03/2024

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Resolución N° 300/2023 mediante la cual se faculta a la Vicepresidencia

Primera de la Legislatura a conformar la integración de las Comisiones permanentes,

especiales y Juntas de la Legislatura a propuesta de los distintos bloques, y

CONSIDERANDO:

Que la nueva conformación de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

como consecuencia de la renovación parcial de sus miembros acontecida el pasado

10 de diciembre de 2023 obliga a actualizar y conformar las diferentes Comisiones y

Juntas de asesoramiento permanentes de la Legislatura de acuerdo a los bloques

políticos y a sus nuevos integrantes;

Que se han recibido las correspondientes propuestas para la integración de las

Comisiones y Juntas de asesoramiento permanentes y a efectos de concretar las

mismas, corresponde proceder a dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello:

EL VICEPRESIDENTE 1° DE LA LEGISLATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°: Se integran las Comisiones y Juntas de asesoramiento permanente de la

Legislatura conforme lo establecido en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte

del presente.

Artículo 2°: Comuníquese, etc. López - Schillagi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6832

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 4°del Decreto N° 4/LCABA/VP/24,  designa a la Diputada Maia Daer como integrante de la Comisión de Niñez, Adolescencia y Juventud en reemplazo de la Diputada Alejandrina Barry, modificando el ANEXO I del DECRETO Nº 001-VPSP-2024.</p><p>Artículo 5° designa al Diputado Jorge Reta como integrante de la Comisión de Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación en reemplazo del Diputado Ignacio Parera.</p><p>Artículo 6° designa al Diputado Jorge Reta como integrante de la Comisión de Protección y Uso del Espacio Público en reemplazo del Diputado Claudio Romero.</p><p> </p>
COMPLEMENTADA POR