RESOLUCIÓN 135 2024 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Síntesis:
APRUEBA EL INFORME FINAL DE GESTIóN COMO TITULAR DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE COORDINACIóN GESTIóN DE POLíTICAS PRODUCTIVAS PRESENTADO POR JUAN MANUEL SECO
Publicación:
13/03/2024
Sanción:
05/03/2024
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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VISTO: La Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 1000-
GCABA/99, 463-GCABA/19 y sus modificatorios, 171-GCABA/22, 387-GCABA/23 y
sus modificatorios, la Disposición N° 24-DGOGPP/11, el Expediente Electrónico N°
EX-2024-06446647-GCABA-SSIN, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita el Informe Final de Gestión presentado
por el señor Juan Manuel Seco, D.N.I. N° 32.111.661, C.U.I.L. N° 20-32111661-3, de
conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley N° 70 y el artículo 14 de su
Decreto Reglamentario N° 1000-GCABA/99;
Que el artículo N° 25 de la Ley N° 70 establece que "los/las responsables de
Programas y Proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos
deben redactar un informe final sobre su gestión (...). Dicha presentación no puede
demorar más de un (1) mes desde el alejamiento del cargo del funcionario obligado,
quién debe recibir colaboración de quienes fueron sus asistentes y prestándola a quién
legítimamente lo/la suceda";
Que el artículo 14 del Decreto N° 1000-GCABA/99, establece que la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) tiene a su cargo establecer las
características y el alcance del informe final sobre la gestión de los funcionarios
responsables de Programas y Proyectos que se alejen de sus cargos, los cuales
gozarán, por el plazo fijado en la Ley, de una remuneración equivalente a la del cargo
que ocupaban;
Que mediante la Disposición N° 24-DGOGPP/11, la OGEPU aprobó, en su carácter de
órgano rector, la reglamentación aplicable para la presentación del informe final de
gestión por parte de los/las responsables de programas y proyectos y sus superiores
jerárquicos al alejarse de sus cargos;
Que el Anexo de la mentada Disposición establece que la aprobación del informe final
de gestión debe ser efectuada por la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad, o
por el Jefe de Gobierno en el caso de los Ministros y Secretarios del Poder Ejecutivo;
Que, asimismo, establece que la Sindicatura General de la Ciudad, así como el
funcionario que suceda en el cargo, deberán recibir copia del informe final de gestión
que por aquí tramita;
Que por otra parte determina que el plazo máximo para la presentación del informe es
de treinta días corridos, computables a partir de la fecha de aprobación de la norma
mediante la cual se efectivice el cese (punto 3 del Anexo I de la Disposición N° 24-
DGOGPP/11);
Que por el Decreto N° 171-GCABA/22, fue designado el señor Juan Manuel Seco,
D.N.I. N° 32.111.661, C.U.I.L. N° 20-32111661-3, como Titular del Organismo Fuera
de Nivel Unidad de Coordinación Gestión de Políticas Productivas dependiente del
entonces Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, conforme la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires aprobada por el Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios;
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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Que en fecha 9 de diciembre de 2023 operó el cese de dicho cargo en virtud de la
nueva estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires aprobada por el Decreto N° 387-GCABA/23 y sus
modificatorios;
Que en fecha 6 de febrero de 2024 el referido presento el debido Informe Final de
Gestión, resultando extemporáneo de acuerdo a lo establecido en el punto 3 del Anexo
I de la Disposición N° 24-DGOGPP/11;
Que sin perjuicio de la extemporaneidad con la que fué presentado el informe de final
de gestión, se destaca que la finalidad última del artículo 25 de la Ley N° 70 es
respaldar la generación de memoria institucional;
Que la memoria institucional supone un instrumento para afianzar la transparencia
hacía con los/as vecinos/as de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como
también para el registro de los logros alcanzados y los desafíos pendientes;
Que el Informe de Cierre de Gestión cumple con los restante requisitos materiales y
formales establecidos por la normativa citada precedentemente;
Que previo a la suscripción del presente ha tomado intervención la Gerencia Operativa
Legal de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del
Ministerio de Desarrollo Económico, indicando que no existe óbice para su dictado;
Que, por lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo que apruebe el
mencionado Informe Final de Gestión, en el marco de lo dispuesto por el artículo N° 25
de la Ley N° 70.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO
RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el Informe Final de Gestión presentado por el señor Juan Manuel
Seco, D.N.I. N° 32.111.661, C.U.I.L. N° 20-32111661-3, por su desempeño como
Titular del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Coordinación Gestión de Políticas
Productivas dependiente del entonces Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción, que como Anexo I (IF-2024-06447371-GCABA-SSIN), forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a la Sindicatura General de la Ciudad. Para su conocimiento, notificar al
agente, remitir copia del informe de gestión a la Sindicatura General de la Ciudad, y
demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de
este Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. García Moritán