DECRETO 303 2000
Síntesis:
DESIGNA A PABLO CICOLELLA COMO SUBINTERVENTOR DE LA DIRECCIÓN DE CONCESIONES Y PRIVATIZACIONES
Publicación:
20/06/2000
Sanción:
14/03/2000
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 2.392-GCBA-99, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Decreto fue designado el Dr. Fernando Calvo, D.N.I. N° 07.621.822 como Interventor de la Dirección de Concesiones y Privatizaciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas;
Que la citada Dirección tiene asignada la responsabilidad de garantizar la eficiente administración de todas las concesiones y privatizaciones que realiza el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, el mencionado organismo tiene como objetivo, aplicar, controlar y hacer cumplir la normativa vigente a concesionarios y beneficiarios de las privatizaciones que se efectúan;
Que la magnitud y complejidad de las tareas que derivan de lo enunciado, hace necesario designar un funcionario que acompañe la gestión del señor Interventor, a fin de lograr la eficacia y eficiencia con que deben desarrollarse los procedimientos asignados al organismo;
Que en tal sentido, resulta conveniente la designación de un funcionario, con nivel de Subinterventor de la Dirección de Concesiones y Privatizaciones;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1° Desígnase al Lic. Pablo José Ciccolella, D.N.I. N° 12.960.234, CUIL 20-12900234-2 como Subinterventor de la Dirección de Concesiones y Privatizaciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, con una retribución equivalente a Director General, A.02 Si.Mu.P.A., Adicional por Función Ejecutiva y Adicional Selectivo y Transitorio por Función Superior (Art. 4° Decreto N° 480-GCBA-96).
Art. 2° El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.
Art. 3° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Recursos Humanos, a la Subsecretaria de Gestión y Administración Financiera y a la Dirección de Concesiones y Privatizaciones. Cumplido, archívese.