DISPOSICIÓN 119 2024 DIRECCION GENERAL ECONOMIA POPULAR Y SOCIAL
Síntesis:
MODIFICA EL ANEXO II DE LA DISPOSICIÓN N° 11-DGEPS/23 - PLAN INTEGRAL DE DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO - REGLAMENTO OPERATIVO - ENTIDADES INCUBADORAS Y CAPACITADORAS - CONVENIOS - MODIFICACIÓN DEL LÍMITE DE PAGO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT
Publicación:
22/03/2024
Sanción:
18/03/2024
Organismo:
DIRECCION GENERAL ECONOMIA POPULAR Y SOCIAL
VISTO: las Resoluciones Nros. 427-GCABA-MDHYHGC/21 y 13-GCABA-SSDPH/22 y
la Disposición N° 11-GCABA-DGEPS/23. Y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 427-GCABA-MDHYHGC/21, se creó el "Plan Integral de
Desarrollo del Potencial Humano" con el objetivo de estructurar e implementar un
modelo de gestión del potencial humano, cuyas estrategias permitan abordar de
manera integral el desarrollo económico y social de las personas de un modo
sostenible, digno e integrado a los mercados formales de la ciudad;
Que, en su artículo 3°, la mentada resolución delega en la persona titular de la
Subsecretaría Desarrollo del Potencial Humano, el diseño y aprobación de los
programas de gestión que se elaboren en el marco del "Plan Integral de Desarrollo del
Potencial Humano", como Autoridad de Aplicación del mismo, conjuntamente con la
aprobación de modelos de acuerdos, convenios y todo otro instrumento que requiera
su implementación;
Que mediante la Resolución N° 13-GCABA-SSDPH/22, la referida Subsecretaría creó
el Programa "Asistencia Técnica a la Economía Popular y Social", con el objetivo de
fortalecer la gestión administrativa, organizativa y comercial de las Unidades
Productivas ("UP"), brindándoles trayectos de asistencia técnica desde un abordaje
integral para mejorar sus procesos productivos, consolidar sus estructuras internas de
trabajo, fomentar la innovación tecnológica e impulsar la comercialización de sus
bienes y servicios;
Que la Resolución referida designó a esta Dirección General de Economía Popular y
Social como Autoridad de Ejecución; Que mediante Disposición N° 11-GCABA-
DGEPS/23, esta Dirección aprobó la reglamentación operativa del Programa
"Asistencia Técnica a la Economía Popular y Social" con los alcances especificados en
los anexos I, II, III y IV.
Que en miras a optimizar el funcionamiento del Programa y facilitar un mejor
desenvolvimiento de las entidades incubadoras y capacitadoras en la ejecución de los
respectivos convenios, es que corresponde modificar el límite de pago establecido en
el anexo II (IF-2023-08115080-GCABA-DGEPS).
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Modificar el Anexo II (IF-2023-08115080-GCABA-DGEPS) aprobado
mediante Disposición N° 11-GCABA-DGEPS/23, el cual será reemplazado en los
términos que se especifican en el Anexo II IF -2024- 11170338 -GCBA-DGEPS, que a
todos sus efectos forma parte integral de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Desarrollo del Potencial
Humano Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, comuníquese a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Humano
y Hábitat. Gutiérrez Díaz